Consiste en presentar planos y testimonio notariado de un fraccionamiento autorizado por las Dependencias Municipales, para la asignación de claves catastrales y sellos del testimonio.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Representante legal
Interesado
¿Qué obtengo? :
Plano sellado, testimonio sellado y firmado por el Director General de Catastro y notificaciones actualizadas para pago del impuesto predial por manzana y predio.
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando el propietario de un inmueble construye un fraccionamiento habitacional.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco/En Línea/Dependencia
Costo mínimo : 4743.68
Costo máximo: 4743.68
Costo descripción: Los costos ya incluyen los Impuestos Adicionales y la Aportación a la Cruz Roja Mexicana. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos. Si se paga en recaudación será mediante las siguientes formas de pago: tarjeta de débito o crédito, cheque o transferencia.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Otra manera
El interesado se presenta en ventanilla con la documentación requisitada,
Ventanilla revisa e imprime formato de pago.
El interesado pasa a pagar en Banco, Recaudación, en línea o bien en ventanilla de la Dependencia esta última solo acepta pago con tarjeta de Crédito y Débito.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
10 días hábiles
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
Realizado el pago, el interesado entrega la documentación previamente revisada e imprime boleta con número de control y envía a Cartografía para su proceso digital y asignación de claves, terminada la actividad se envía al Área de Registros para darse de alta en el sistema de control de predios e imprimir las notificaciones correspondientes y envía a firmas a la Dirección General.
Requisitos
Solicitud del trámite
Plano autorizado del fraccionamiento
Recibo de pago del impuesto predial
Permiso de subdivisión o lotificación
Licencia de uso de suelo
Testimonio notariado
Recibo de pago del trámite solicitado
Fundamento jurídico del trámite:
Ley Catastral y Registral del Estado de Nayarit: capitulo III, de las obligaciones, art. 42., de fecha 1997.
Artículo 21 Inciso D.- Servicios y Trámites Catastrales, fracción XXXIII., de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2022.
Oficinas de atención
Nombre: Dirección de Trámites y Servicios Catastrales