Consiste en presentar plano autorizado de fraccionamiento por las Dependencias Municipales, para la asignación de claves catastrales de cada lote, a solicitud del interesado.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Representante legal
Interesado
¿Qué obtengo? :
Plano del fraccionamiento sellado y con claves catastrales
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando el propietario de un fraccionamiento necesita que esté inscrito en Catastro para efectos llevar un control de sus ventas.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco/En Línea/Dependencia
Costo mínimo : 4072.55
Costo máximo: 4072.55
Costo descripción: Los costos ya incluyen los Impuestos Adicionales y la Aportación a la Cruz Roja Mexicana. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos. Si se paga en recaudación será mediante las siguientes formas de pago: tarjeta de débito o crédito, cheque o transferencia.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Otra manera
El interesado se presenta en ventanilla y solicita el trámite correspondiente.
Ventanilla revisa la documentación e imprime formato de pago.
El interesado pasa a pagar en Banco, Recaudación, en línea o bien en ventanilla de la Dependencia esta última solo acepta pago con tarjeta de Crédito y Débito.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
10 días hábiles
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
Realizado el pago correspondiente, ventanilla imprime una boleta con número de control y turna al Área de Cartografía para los procesos correspondientes, terminadas las actividades se envía al Área de Registros para darlo de alta en el sistema de control de predios e imprimir las notificaciones de cada lote.
Requisitos
Solicitud del trámite
Plano de fraccionamiento autorizado
Recibo de pago del impuesto predial
Recibo de pago del trámite solicitado
Permiso de subdivisión o lotificación
Licencia de uso de suelo
Constancias de alineamiento
Número oficial
Fundamento jurídico del trámite:
Ley Catastral y Registral del Estado de Nayarit: capitulo III, de las obligaciones, art. 42., de fecha 1997.
Artículo 21 Inciso D.- Servicios y Trámites Catastrales, fracción XXXII., de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2022.
Oficinas de atención
Nombre: Dirección de Trámites y Servicios Catastrales