Es la división de un terreno en lotes con fines urbanos, con el objeto de dividir las manzanas para colocar diferentes densidades de uso de suelo o alternarlos y por último llegar a la individualización de los lotes.
Aquellas personas que cumplan con la normativa correspondiente a efecto de dividir un terreno en lotes a fín de ejecutar construcción de bienes inmuebles para maximizar el uso de una parcela de tierra.
1. Presentar solicitud por escrito al Director General del Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit; solicitando la lotificación de un terreno , donde estipule el nombre del polígono de tierra, puntos de georreferenciados , así mismo los datos generales del peticionario ( nombre, domicilio y teléfono) y por ultimo dentro del escrito deberá el anexar en copia simple la escritura o título de propiedad del terreno a llevar a cabo el servicio solicitado, así mismo copia del plano autorizado del polígono de tierra.
2. Una vez autorizado y convenido por la Dirección competente, deberá acudir al Departamento de Regularización de Predios del Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit; a efecto de otorgar los recibos correspondientes de pago a efecto que la persona acuda a pagar al Departamento de Crédito y Cobranza de este Órgano de Gobierno el servicio a ejecutarse. .
3.- Una vez pagado o convenido la realización de la medición de lotificacion, el solicitante regresara al Departamento De Regularización de Predios del Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit; a razón de agendar la ejecución del servicio prestado.
4. - El Departamento de Regularización de Predios de este Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit, programa la fecha y hora bajo la cual se realizará el servicio solicitado.
5.- Se realiza de manera física el servicio por parte de la Brigada de Topografía de este Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit.
1. Presentar solicitud por escrito al Director General del Instituto Promotor de la Vivienda de Nayarit; solicitando la lotificación de un terreno , donde estipule el nombre del polígono de tierra, puntos de georreferenciado , así mismo los datos generales del peticionario ( nombre, domicilio y teléfono).
2.- Copia de la escritura o título de propiedad del terreno a lotificar.
3.- Copia del plano autorizado por las dependencias de gobierno competentes correspondiente al polígono de tierra a ejecutarse.
4.- Copia de Identificación Oficial.
5.- Plano Georreferenciado.
6.- En su caso instrumento jurídico (convenio) celebrado entre el solicitante y este Órgano de Gobierno del Estado.
Ley Que Crea El Instituto Promotor De Vivienda, Desarrollo Urbano Y Ecología De Nayarit.
Reglamento Interior Del Instituto Promotor De La Vivienda De Nayarit; numeral jurídico 29.
Manual General De Organización Del Instituto Promotor De La Vivienda De Nayarit
Aprobación en junta ordinaria de gobierno del IPROVINAY, de fecha 20 de diciembre de 2021, acuerdo IPROVINAY-ORD-01-04-2021 en su anexo 8 páginas 10, 11 y 12.
Valores sujetos al tabulador vigente autorizado por la Junta de Gobierno con base a los valores catastrales. Artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit.https://transparencia.nayarit.gob.mx/admin2/resources/uploads/iprovinay/pdfs/LEY%20QUE%20CREA%20EL%20INSTITUTO%20PROMOTOR%20DE%20VIVIENDA.pdf