La opinión técnica de un sitio de extracción o explotación de material geológico no metálico, identifica los criterios, estrategias y lineamientos establecidos en los instrumentos de planeación territorial de competencia estatal vigentes aplicables en el sitio de interés.
Cualquier persona física o moral interesada.
1. Acudir a la Secretaria de Desarrollo Sustentable.
2. Solicitar la orden de pago.
3. Presentar a la secretaria para el expediente;
A) Solicitud de escrito libre, firmada por el solicitante.
B) Plano impreso o digital del polígono que incluya cuadro de construcción en coordenadas UTM o geográficas, referidas la sistema geodésico de referencia Wgs-84 o ITRF08 época 2010.0.
C) Recibo de pago de derechos.
deberá de presentar a la secretaria para el expediente;
A) Solicitud de escrito libre, firmada por el solicitante.
1. LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO PARA EL ESTADO DE NAYARIT;
Artículo 6.- Las acciones e inversiones que lleven a cabo la Federación, el Estado, los Municipios y los particulares en el territorio estatal, deberán mantener congruencia con los programas de ordenamiento territorial y desarrollo urbano y ajustarse a las disposiciones de esta Ley.
2. REGLAMENTO DE LA LEY DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO PARA EL ESTADO DE NAYARIT vigente.
Artículo 5.- Obligaciones de los Ayuntamientos, inciso III. Gestionar y poner a consideración de la Secretaría, bajo la figura de solicitud de opinión técnica, el posicionamiento técnico de cualquier proyecto en materia de desarrollo urbano, ordenamiento territorial o edificación que pudiera presentar duda o confusión en la interpretación del mismo, con respecto de los instrumentos técnicos y jurídicos de planeación urbana vigentes, y el Artículo 16.- Plano georreferenciado en constancias de compatibilidad urbanística. Las constancias de compatibilidad urbanística, adicional a lo establecido en el artículo 111 de la Ley, deberán contener obligadamente un plano georreferenciado que ubique el predio dentro del plano de zonificación secundaria del plan o programa que lo norme. Asimismo, para la emisión de la Constancia de Compatibilidad Urbanística por parte de la Secretaría debería existir un Convenio entre ésta y el Ayuntamiento correspondiente, al no existir tal convenio, la Secretaría a solicitud de la persona física o moral, pública o privada podrá emitir Opinión Técnica Urbana con relación a acciones, servicios o inversiones en materia de desarrollo urbano y vivienda.
3. Programa de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de competencia estatal aplicable al polígono incluido en la solicitud de opinión técnica.
4. Programa de Ordenamiento Ecológico de competencia estatal aplicable al polígono incluido en la solicitud de opinión técnica.
5. LEY DE INGRESOS DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023
Por los servicios en materia de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial que efectúe la Secretaria de Desarrollo Sustentable del Estado de Nayarit, en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables, se pagaran las siguientes cuotas:
10.- Opinión técnica de un sitio de extracción o explotación de material geológico no metálico, el pago será por hectárea.