Proceso mediante el cual se da reconocimiento oficial a los estudios realizados por los educandos, conforme al Plan y Programas de Estudio de Educación para Adultos.
Todos los educandos de INEA, que culminen el proceso de acreditación, sea la certificación por medio del programa MEVyT o por medio de certificación de un solo examen PEC. La acreditación consiste en el cumplimiento de los requisitos establecidos para el reconocimiento oficial de la aprobación de un nivel educativo, este es verificado por el Departamento de Acreditación.
Existen dos maneras que ofrece INEA para obtención del certificado de primaria o secundaria, siendo estos los siguientes:
Requisitos por medio de la certificación MEVyT
• Tener el expediente completo digital, previamente solicitado en el proceso de inscripción.
• Haber aprobado todos los exámenes que avalen el término de nivel.
Requisitos por medio de certificación de un solo examen PEC.
• Tener el expediente completo en SASA, previamente solicitado en el proceso de inscripción.
• Haber aprobado el examen PEC, que acredita el término de nivel.
En la Constitución Política del Estados Unidos Mexicanos, el artículo 3 establece el derecho a la educación, que tienen todos los ciudadanos mexicanos.
En la Ley General de Educación, se encuentran los siguientes artículos que sustentan la educación para adultos.
• Artículo 39.- En el sistema educativo nacional queda comprendida la educación inicial, la educación especial y la educación para adultos.
De acuerdo con las necesidades educativas específicas de la población, también podrá impartirse educación con programas o contenidos particulares para atender dichas necesidades.
• Artículo 43.- La educación para adultos está destinada a individuos de quince años o más que no hayan cursado o concluido la educación primaria y secundaria. Se presta a través de servicios de alfabetización, educación primaria y secundaria, así como de formación para el trabajo, con las particularidades adecuadas a dicha población. Esta educación se apoyará en la participación y la solidaridad social. (Artículo reformado DOF 02-06-2006, 28-01-2011)
En la Ley de Educación del Estado de Nayarit, se encuentran dos artículos que sustentan la educación para adultos.
• Artículo 24.- Para atender a la población de quince años o más, que no haya cursado o concluido la educación primaria, el Sistema Educativo Estatal, ofrecerá Educación para adultos.
• Artículo 26.- Las Escuelas Secundarias atenderán a los adolescentes, jóvenes y adultos que hayan acreditado el nivel de Primaria y tendrá el carácter formativo en razón de los intereses y aptitudes de los estudiantes y a las exigencias del desarrollo de la comunidad, el Estado y la Nación.
En el Reglamento Interior del Instituto Nayarita de Educación para Adultos, el artículo 18 establece todas las atribuciones del departamento de acreditación, el cual en términos generales se encarga de la inscripción, el seguimiento y la certificación del educando.