Se expide duplicado o reposición de cédula profesional estatal.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Representante legal con carta poder simple.
Interesado
¿Qué obtengo? :
Duplicado de cédula estatal
¿En qué casos debe realizarlo? :
En caso de extravió y deterioro de la cédula.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco/Recaudación
Costo mínimo : 418.60
Costo máximo: 418.60
Costo descripción: No incluye comisiones bancarias
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Otra manera
Acudir a la dirección y solicitar el duplicado de la cédula estatal
Realizar el pago correspondiente en la institución bancaria o en la oficina recaudadora
Entregar comprobante de pago original y copia en la dirección de profesiones
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
60 días hábiles
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
El resolutivo es negativo cuando se presentan faltas de ortografía, requisitos falsos, etc.
Requisitos
Dos fotografías de estudio profesional, tamaño infantil, de frente, blanco y negro, en papel mate con fondo blanco. NOTA: la dirección de profesiones se reserva el derecho de requerir la sustitución de fotografías a fin de garantizar la calidad de la cédula en cumplimiento con los más altos estándares de identificación.
Copia de la cédula estatal y título, diploma o grado registrado
Copia de la CURP (descargar de internet)
Copia del acta de nacimiento
Realizar el pago correspondiente en la institución bancaria o en la oficina recaudadora
Fundamento jurídico del trámite:
Artículo 9 de la Ley para el Ejercicio de las Profesiones y Actividades Técnicas en el Estado de Nayarit, así como el artículo 10 del Reglamento para el ejercicio de las profesiones y actividades técnicas en el estado de Nayarit.
Ley de ingresos para el Estado de Nayarit del 2022 TÍTULO 4, Capitulo 1°, Sección 1, Apartado A Artículo 16 fracción III, Sección Quinta Aportación a la Cruz Roja Mexicana, Delegación Nayarit artículo 63.
Oficinas de atención
Nombre: Dirección De Profesiones Y Actividades Técnicas