Permiso nuevo de alcoholes Secretaría De Administración Y Finanzas Dirección General de Ingresos

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Descripción ciudadana

Es el permiso por medio del cual se autoriza a los establecimientos comerciales la distribución y/o enajenación de bebidas con contenido alcohólico.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Representante legal
    • Interesado
    • Apoderado legal
  • ¿Qué obtengo? :
    • Oficio mediante el cual se autoriza la venta de bebidas alcohólicas conforme al giro que se seleccionó y un Tarjetón que se deberá de poner en un lugar visible en el negocio.
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando el ciudadano quiera adquirir un permiso para la venta de bebidas alcohólicas.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Recaudación
    • Costo mínimo : 25246
    • Costo máximo: 47122
    • Costo descripción: Costo variable dependiendo si la venta es de bajo o alto contenido alcohólico. El costo ya incluye la Aportación de la Cruz Roja Mexicana. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos. Si se paga en recaudación será mediante las siguientes formas de pago: tarjeta de débito o crédito, transferencia electrónica. El costo mínimo es cuando es bajo contenido alcohólico y el costo máximo cuanto es alto contenido alcohólico.
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Formato
    1. El ciudadano deberá acudir al Departamento de Alcoholes y hacer la solicitud mediante escrito.
    2. Entregar los requisitos establecidos.
    3. Si procede deberá de realizar el pago estipulado en la Ley de Ingresos, conforme al giro que seleccionó. 
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : SI
    • Vigencia : 3 años (Artículo 7 de la Ley que Regula los Establecimientos Dedicados a la Producción, Almacenamiento, Distribución y Enajenación de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Nayarit)
  • Visita
    • Requiere visita : SI
    • Motivo : Verificar que se cumpla con los requisitos establecidos en la Ley que Regula los Establecimientos Dedicados a la Producción, Almacenamiento, Distribución y Enajenación de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Nayarit.
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 60 días
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • Negativa ficta
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Cumplir con los requisitos.
  • Requisitos
    1. Solicitud por escrito dirigido a la Secretaría de Administración y Finanzas, firmada por el interesado o representante legal acreditado, la que deberá de contener: Nombre del Solicitante, Domicilio del Establecimiento, Domicilio Particular, En general, todos los datos que identifiquen en forma expresa la actividad que pretenda realizar. Original y 2 copias (Se realiza en el Departamento de Alcoholes)
    2. Carta Compromiso, original y 2 copias (Se realiza en el Departamento de Alcoholes)
    3. Copia certificada de la Clave Única de Registro de la Población (CURP) y Credencial de Elector.
    4. Constancia de la Situación Fiscal Expedida por el Servicio de Administración Tributaria actualizada.
    5. Constancia del Registro en el Padrón Estatal del Contribuyente.
    6. Constancia que acredite que el solicitante no tiene adeudos fiscales y estatales.
    7. Comprobante de Domicilio, 3 copias.
    8. Carta de no antecedentes penales, expedida por la Fiscalía General del Estado de Nayarit, para personas físicas, original y 2 copias.
    9. Croquis de ubicación clara del local, original y 2 copias
    10. Acta constitutiva con Poder Notariado e identificaciones oficiales si se trata de Sociedad y RFC, 3 copias c/u.
    Nota: Estar Ubicado a una distancia radial no menor de 200 mts. de escuelas y templo. El permiso deberá ser explotado por el Titular.

    El Departamento de Alcoholes se encuentra ubicado por la calle Zacatecas No. 83 Sur, colonia Centro, en Tepic, Nayarit. Teléfono 3112127533

  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Ley que regula los establecimientos dedicados, a la producción, almacenamiento, distribución y enajenación de bebidas alcohólicas en el Estado de Nayarit.
    • Vigencia. Artículo 7 de la Ley que regula los establecimientos dedicados, a la producción, almacenamiento, distribución y enajenación de bebidas alcohólicas en el Estado de Nayarit.
    • Negativa ficta. Artículo 14 de la Ley que regula los establecimientos dedicados, a la producción, almacenamiento, distribución y enajenación de bebidas alcohólicas en el Estado de Nayarit.
    • Artículo 20 de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2024.
Oficinas de atención
  • Nombre: Casa de Gobierno de Nayarit (Palacio de Gobierno)
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: México S/N, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 216 9649 Asistencia al Contribuyente
  • Teléfonos: 311 215 2100 Ext. 20331 Dirección General de Ingresos
  • Teléfonos: 311 2152100 Ext. 20358 Recaudación de Ingresos
  • Teléfonos: 311 2152100 Ext. 20356 Control de Recaudación
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: L.I. Mayra Judith Ante López SAF
    • Cargo : Encargada de la Coordinación Administrativa de la Secretaría de Administración y Finanzas
    • Correo : c.admva@nay.gob.mx
  • Nombre: mejora regulatoria SAF
    • Cargo : Director General
    • Correo : mejoraregulatoriafinanzas@nay.gob.mx