Se expide constancia de no inscripción catastral del predio a solicitud del contribuyente, siempre y cuando no se encuentre registrado en el sistema de control de predios.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Representante legal.
Interesado.
¿Qué obtengo? :
Constancia de inscripción catastral
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando el interesado solicita apoyo de vivienda institucional y le solicitan como requisito que no debe tener propiedad.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco /En Línea/ Dependencia/ Recaudación
Costo mínimo : 317.85
Costo máximo: 317.85
Costo descripción: Los costos ya incluyen los impuestos adicionales y la aportación a la Cruz Roja Mexicana. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos. Si se paga en Recaudación será mediante las siguientes formas de pago: tarjeta de débito o crédito, cheque o transferencia.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Formato
El interesado se presenta en ventanilla, con lista de nombre (s), para la expedición de la constancia de no propiedad;
El interesado pasa a pagar en Banco, Recaudación, en línea o bien en ventanilla de la Dependencia esta última solo acepta pago con tarjeta de Crédito y Débito.
Realizado el pago correspondiente entrega los documentos requeridos y recibe boleta de trámite para dar seguimiento. Importante dejar un número telefónico de contacto
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
3 días
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
El interesado se presenta en ventanilla previo pago del trámite; ventanilla imprime boleta de control del trámite y remite al área administrativa para su proceso, de no encontrar el nombre en el sistema del interesado, se imprime la constancia y se envía a firma electrónica de la Dirección General de Catastro.
Requisitos
Copia de identificación oficial vigente del propietario o representante legal o carta poder debidamente requisitada (Persona física carta poder simple, persona moral carta poder notariada)
Llenar y entregar el formato de solicitud de trámite o servicio con requisitos solicitados.
Comprobante del pago de derechos.
Comprobante de pago del impuesto predial vigente.
Fundamento jurídico del trámite:
Artículo 8., fracción XXV de la Ley de Catastro para el Estado de Nayarit de 2022.
Artículo 19 Inciso C.- Servicios y Trámites Catastrales, fracción III., de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2024.
Oficinas de atención
Nombre: Dirección de Trámites y Servicios Catastrales