Inscripciones de Instrumentos Públicos Secretaría De Administración Y Finanzas Dirección de Registro Público de la Propiedad y de Comercio

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Descripción ciudadana

El registro de documentos se realiza para otorgar certeza y seguridad jurídica al propietario y garantizar que surtan efectos ante terceros. Se lleva a cabo en diversas situaciones, como la desmancomunización de un bien inmueble entre varios propietarios, la publicidad del auto declaratorio de herederos y la protección de los derechos familiares. Además, se registra para sociedades civiles, arrendadores y arrendatarios, embargos o hipotecas, garantías económicas, entre otros casos. El objetivo es asegurar la validez y reconocimiento de los documentos por parte de terceros.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Representante legal
    • Interesado
  • ¿Qué obtengo? :
    • Documento que brinda la seguridad jurídica de la inscripción.
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • El registro de documentos es necesario para otorgar certeza y seguridad jurídica al propietario y garantizar que tengan efectos legales ante terceros. Se lleva a cabo en diversas situaciones, como la obtención de bienes inmuebles, la desmancomunización de propiedades compartidas, la publicidad de declaraciones hereditarias, la seguridad jurídica de sociedades civiles y arrendamientos, la reinscripción de embargos o hipotecas, la protección de los derechos familiares, la seguridad jurídica de sociedades mercantiles, el respaldo en juicios mercantiles, la claridad en documentos sin expresión de valor económico, la liberación de gravámenes, la garantía de registros previos, la adquisición de propiedades para Ejidos y Comunidades según la Ley Agraria, y la garantía hipotecaria en solicitudes de crédito.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Recaudación
    • Costo mínimo : 0
    • Costo máximo: 14313
    • Costo descripción: Por la inscripción de documentos, resoluciones judiciales o administrativas y testimonios notariales por los cuales se adquiera, transmita, modifique o extinga el dominio o la posesión de bienes inmuebles o derechos reales, incluyendo los fideicomisos traslativos de dominio, con excepción de los que tienen cuota especial $ 14,313 Por la inscripción de contrato de arrendamiento de cualquier clase, por más de 6 años. $ 4,802 Inscripción de providencias precautorias y embargos: $ 4,802 Por la Inscripción de demandas y cédulas hipotecarias. $ 2,533 Inscripción de documentos que no expresen el valor determinado. $ 2,359 Las inscripciones de compraventa mobiliaria, préstamos hipotecarios prendarios, refaccionarios o de habilitación o avío: 1) Por la inscripción de créditos refaccionarios: $ 7,158 2) Por la inscripción de créditos de habilitación o avío que se otorguen para actividades agropecuarias, se pagará: $ 0.0 Por la inscripción de actos e instrumentos públicos mediante los cuales se reconozcan adeudos, reestructuren los plazos, montos, formas de pago o cuantía de créditos otorgados con anterioridad y cuya garantía estuviere previamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad. $ 2,695 - La inscripción de títulos o documentos que se registren en cumplimiento de las disposiciones en materia agraria, cuando éstas sean a favor de ejidos y comunidades a que se refiere la Ley Agraria. $ 2,533 2) - Inscripción de la constitución de Patrimonio Familiar. $ 2,695 - Por la inscripción de desmancomunización. $ 3,368 - Por la inscripción de títulos mediante los cuales el Estado de Nayarit, Municipios del Estado de Nayarit y la Federación adquieran bienes inmuebles. $0.0 - Por inscripción del auto declaratorio de herederos legítimos y nombramiento de albacea definitiva. $ 2,533 - Por inscripción de constitución o modificación por aumento y disminución de capital social, fusión, escisión de sociedades mercantiles: $ 14,313 - Es el Costo del derecho por los servicios prestados y la aportación a la Cruz Roja Mexicana, tal como lo Indica la Ley de Ingresos 2024 en el artículo 18. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos.
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Otra manera
    1. Identificar la oficina que te corresponda según la ubicación de tu inmueble. (Ver link de edificios http://www.hacienda-nayarit.gob.mx/oficinas_distritales.html)
    2. Presentarte en la oficina con los requisitos para que se te entregue un formato para realizar el pago de derechos.
    3. Realizar el pago en el Banco o en la Recaudación más cercana.
    4. Regresar a la oficina y entregar original y copia del comprobante de pago.
    5. Recibir el comprobante (número de prelación) con el cual recogerás tu trámite.
    6. Recoger tu trámite presentando tu comprobante después del tiempo indicado.
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 7 días
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Un Registrador evalúa las condiciones jurídicas del inmueble, persona física o moral y/o documento a inscribir, determinando la procedencia del trámite solicitado.
  • Requisitos

    Para todos los trámites

    • Presentar escritura pública en original

    En el caso de los trámites

    • Inscripción de Providencias Precautorias y Embargos e
    • Inscripción de Demandas y Cédulas Hipotecarias.
    • Agregar lo siguiente:
    • Copia certificada del acta de embargo o traba real
    • Copia certificada de la escritura de la propiedad
    • Certificado de libertad de gravamen

    En el caso de los trámites

    • Inscripción de Actos e Instrumentos Públicos mediante los cuales se reconozcan Adeudos, Reestructuren los Plazos, Montos, Formas de Pago o Cuantía de Créditos Otorgados con Anterioridad
    • Inscripción de Títulos o Documentos que se registren en Cumplimiento de las Disposiciones en Materia Agraria.
    • Inscripción de Compra Venta Mobiliaria, Préstamos Hipotecarios, Prendarios, Refaccionarios o de Habilitación o Avio.
    • Inscripción de Asociación en Participación.
    • Agregar lo siguiente:
    • Copias Certificadas del INE

    En el caso de los trámites

    • Inscripción de Instrumentos por los que se Constituyan, Reformen o Disuelvan las Sociedades y Asociaciones Civiles
    • Agregar lo siguiente:
    • Escritura pública en archivo digital que permita la selección del texto
    • Llenar la Forma Precodificada


  • Fundamento jurídico del trámite:
    Ley de ingresos del Estado libre y soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2024, artículo 18, inciso A), fracción II al XV y articulo 62
    Ley del Registro Público del Estado de Nayarit, artículo 84, fracción I al XI.
    Código Civil para el Estado de Nayarit artículo 2373, fracciones I, VI, XI, y XIV, así como en los artículos 720, 2400, 2401 y 2402.
Oficinas de atención
  • Nombre: Dirección de Registro Público de la Propiedad y de Comercio
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: Calzada del panteón, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 212 1524
  • Teléfonos: 311 212 1525
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: C,P. José Manuel Laurel Suárez - SAF
    • Cargo : Subsecretario
    • Correo : sub.ingresos@nay.gob.mx
  • Nombre: mejora regulatoria SAF
    • Cargo : Director General
    • Correo : mejoraregulatoriafinanzas@nay.gob.mx