Consiste en presentar la protocolización notariada del apeo y deslinde notarial en la Dirección General de Catastro y Registro Público de la Secretaría de Administración y Finanzas, a solicitud del contribuyente.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Representante legal
Interesado
¿Qué obtengo? :
Protocolización de apeo y deslinde notarial, sellado y firmado por el Director General de Catastro.
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando el propietario de un inmueble se percata que tiene una superficie mayor a la descrita en la escritura y desea regularizarla a través de un levantamiento topográfico actualizado, presentándose con un Notario Público, para efectos de iniciar con los trámites.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco /En Línea/ Dependencia/ Recaudación
Costo mínimo : 762.99
Costo máximo: 762.99
Costo descripción: Los costos ya incluyen los impuestos adicionales y la aportación a la Cruz Roja Mexicana. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos. Si se paga en Recaudación será mediante las siguientes formas de pago: tarjeta de débito o crédito, cheque o transferencia.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Formato
El interesado se presenta en ventanilla con la documentación requisitada y solicita el trámite de apeo y deslinde notarial;
El interesado pasa a pagar en Banco, Recaudación, en línea o bien en ventanilla de la Dependencia, esta última sólo acepta pago con tarjeta de Crédito y Débito.
Realizado el pago correspondiente entrega los documentos requeridos y recibe boleta de trámite para dar seguimiento.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : SI
Motivo : Verificar que el predio motivo del deslinde pertenezca al mismo propietario, además que dicho predio esté debidamente georreferenciado.
¿Cuánto me tardo?
10 días
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
Realizado el pago, el contribuyente de nuevo se presenta en ventanilla, entrega la documentación previamente revisada, imprime boleta con número de trámite, y entrega copia al interesado para recogerla; ventanilla envía a campo para su inspección.
Una vez hecha la visita en campo, relaciona y envía al Área de Cartografía para su digitalización y actualización de la cartografía, terminada esta actividad, relaciona y envía al Área Administrativa, para revisión y envía a firma electrónica de la Directora General de Catastro.
Requisitos
Copia de identificación oficial vigente del propietario o representante legal o carta poder debidamente requisitada (Persona física carta poder simple, persona moral carta poder notariada)
Llenar y entregar el formato de solicitud de trámite o servicio con requisitos solicitados.
Comprobante del pago de derechos
Plano topográfico actualizado con coordenadas U.T.M.
Copia de los documentos inscritos en la dirección
Testimonio protocolizado de apeo y deslinde ante Notario Público
Comprobante de pago del impuesto predial vigente
Fundamento jurídico del trámite:
Artículo 8., fracción XXV de la Ley de Catastro para el Estado de Nayarit de 2022.
Artículo 19 Inciso C.- Servicios y Trámites Catastrales, fracción XXXI., de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2024.
Oficinas de atención
Nombre: Dirección de Trámites y Servicios Catastrales