Consiste en subdividir un predio del mismo propietario, para hacer dos o más predios con la asignación de claves catastrales a solicitud del contribuyente.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Representante legal.
Interesado.
¿Qué obtengo? :
Formato de manifestación, y cédula catastral, por cada lote generado
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando un inmueble de superficie mayor es susceptible de fraccionarse o lotificarse presentando plano y testimonio notariado de la misma lotificación para ser inscrito ante Catastro.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco /En Línea/ Dependencia/ Recaudación
Costo mínimo : 1229.84
Costo máximo: 1229.84
Costo descripción: Los costos ya incluyen los impuestos adicionales y la aportación a la Cruz Roja Mexicana. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos. Si se paga en Recaudación será mediante las siguientes formas de pago: tarjeta de débito o crédito, cheque o transferencia.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Formato
El interesado se presenta en ventanilla con la documentación requerida.
El interesado pasa a pagar en Banco, Recaudación, en línea o bien en ventanilla de la Dependencia esta última solo acepta pago con tarjeta de Crédito y Débito.
Realizado el pago correspondiente recibe boleta de trámite para dar seguimiento.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
8 días
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
Realizado el pago, el interesado se presenta en ventanilla, ventanilla recibe e imprime boleta de control del trámite solicitado, y envía al Área de Cartografía para realizar el proceso catastral, terminado envía al Área de Registros para actualizar el Sistema de Control de Predios e imprime notificaciones actualizadas de cada uno de los predios y envía testimonio notariado a firmas con el Director General de Catastro.
Requisitos
Copia de identificación oficial vigente del propietario o representante legal o carta poder debidamente requisitada (Persona física carta poder simple, persona moral carta poder notariada).
Llenar y entregar el formato de solicitud de trámite o servicio con requisitos solicitados.
Comprobante del pago de derechos.
Escritura con anexo e ISABI, título de propiedad, sentencia judicial o resolución administrativa.
Autorizaciones municipales.
Comprobante de pago del impuesto predial vigente.
Fundamento jurídico del trámite:
Artículo 8., fracción XXV de la Ley de Catastro para el Estado de Nayarit de 2022.
Artículo 19 Inciso C.- Servicios y Trámites Catastrales, fracción XXIX., de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2024.
Oficinas de atención
Nombre: Dirección de Trámites y Servicios Catastrales