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Tratamiento ambulatorio para personas usuarias de sustancias psicoactivas
Consejo Estatal Contra Las AdiccionesCentro Terapéutico Del Estado De Nayarit
El servicio consiste en brindar atención médica y psicológica a personas con problemas de uso y abuso de sustancias psicoactivas (alcohol, tabaco y otras drogas) de manera ambulatoria (consulta externa con duración de 90 minutos aprox. por sesión).
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Representante legal (familiar)
Interesado (paciente)
¿Qué obtengo? :
Atención médica y psicológica por un profesional de la salud
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando exista una necesidad de manera voluntaria del usuario con uso y/o abuso de sustancias como alcohol, tabaco y otras drogas.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Dependencia/Transferencia/Banco
Costo mínimo : 100
Costo máximo: 100
Costo descripción: Cuota de recuperación * No incluye comisiones bancarias
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Otra manera
• Realizar la llamada Telefónica o acudir de manera presencial al departamento de trabajo social en las instalaciones de CECA, para programar una cita de valoración médica.
• Acudir a la valoración médica.
• Si el usuario cumple con los criterios de dependencia a sustancias psicoactivas y no desea recibir tratamiento residencial, programar una cita para iniciar tratamiento ambulatorio y recepción de carnet de citas.
• Acudir a la cita de sesión informativa.
• Acudir a trabajo social para programar cita en grupo de personas usuarias de sustancias psicoactivas.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
10 minutos
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
Que el usuario tenga un uso y/o abuso de alguna(s) sustancia(s) adictivas(s), que el usuario de manera voluntaria esté dispuesto a recibir tratamiento ambulatorio y que el usuario tenga su carnet de citas.
Requisitos
Disposición de asistir a tratamiento
Ser mayor de 16 años
Síntomas de alguna enfermedad crónica o padecimientos psiquiátricos controlados, que no impidan su asistencia, permanencia y participación en las sesiones
Abstenerse del consumo de cualquier sustancia psicoactiva incluyendo medicamentos los cuales no sean prescritos por un médico especialista, asistencia a grupos de autoayuda con la periodicidad que el terapeuta determine
Asistir con un familiar directo en la primera sesión
No se permite faltar a menos que presente constancia médica o laboral
Fundamento jurídico del trámite:
Manual de Ingresos Propios del Consejo Estatal Contra las Adicciones
Norma Oficial MexicanaNOM-028-SSA2-2009-Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones