Servicios de ambulancia. Secretaría De Seguridad y Protección Ciudadana Dirección General De Protección Ciudadana y Bomberos del Estado

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Descripción ciudadana

Atención de personas que requieren el servicio de ambulancia por la presencia de algún incidente o accidente y/o para ser trasladados a algún hospital (público o privado) para recibir la atención médica adecuada.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Interesado
    • Ciudadano
  • ¿Qué obtengo? :
    • El envío de la unidad de ambulancia para la valoración de la persona(s) lesionadas o enfermas para determinar si requieren el traslado a un hospital o clínica; ya se pública o privada para su atención médica especializada.
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando se requiera la atención de personas o el servicio de ambulancia para ser trasladados a algún hospital (público o privado) para recibir la atención médica adecuada.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: N/A
    • Costo mínimo : 0
    • Costo máximo: 0
    • Costo descripción: Gratuito
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Otra manera
    • Hacer el reporte al número de emergencia 911 y proporcionar los datos descritos en los requisitos, o acudir a la Dirección General de Protección Ciudadana y Bomberos del Estado.
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 15 minutos
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Disponibilidad de unidades y/o gravedad de la situación.
  • Requisitos
    • Nombre completo y número de la persona que reporta.
    • Domicilio exacto del lugar para acudir a brindar el servicio (calle, número de casa, colonia, entre cuáles calles se ubica y referencias).
    • Contestar las preguntas necesarias sobre las condiciones del paciente, proporcionando la mayor información posible
  • Fundamento jurídico del trámite:
    Ley General de Protección Civil.
    • Artículos 5 fracción I y II.

    Ley de Protección Civil para el Estado de Nayarit.
    • Artículos 1, 2 y 3.

    Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado.
    • Artículo 58 fracción III, IV y XI.
     
     

Oficinas de atención
  • Nombre: Dirección General De Protección Ciudadana y Bomberos del Estado
    • Dirección : Tepic, Colonia: Ciudad del Valle, Calle: Avenida Insurgentes, CP: 63157
  • Horarios: Lunes a Domingo las 24:00 horas (Solo Emergencias)
  • Horarios: lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y de 18:00 a 20:00 horas (Recepción de Documentos) (Emergencias 24horas)
  • Teléfonos: 311 133 0369
  • Teléfonos: 311 133 0381
  • Teléfonos: 311 213 1607
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Mtro. Manases Langarica Verdín
    • Cargo : Subsecretario
    • Correo : subsecretariasspc1@gmail.com