Cédula estatal nivel técnico y técnico profesional. Secretaría General De Gobierno Dirección De Profesiones Y Actividades Técnicas

  • Publicado

Descripción ciudadana

Registro de título y expedición de cédula estatal para el ejercicio profesional, nivel técnico y técnico profesional.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Representante legal con carta poder simple.
    • Interesado.
    • Gestor autorizado de la institución educativa.
  • ¿Qué obtengo? :
    • Cédula estatal nivel técnico y técnico profesional (así como la documentación original que ingresó para su trámite).
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando el egresado requiere su cédula para ejercer su profesión.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Recaudación
    • Costo mínimo : 965.00
    • Costo máximo: 965.00
    • Costo descripción: No incluye comisiones bancarias
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Otra manera
    • Acudir a la Dirección de Profesiones y Actividades Técnicas y solicitar el registro de título y expedición de cédula estatal.
    • Entregar la documentación para su validación.
    • Solicitar el formato de pago.
    • Realizar el pago correspondiente en la institución bancaria o en la oficina recaudadora.
    • Entregar comprobante de pago original y copia en la Dirección de Profesiones y Actividades Técnicas.
    • Entregar documentación validada para iniciar su trámite.
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 60 días hábiles
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • El solicitante debe entregar todos los requisitos y comprobar la autenticidad de los documentos presentados y el pago de derechos.
  • Requisitos

    Original y una copia (tamaño carta) de:

    • Acta de nacimiento (sin tachaduras o enmendaduras y sea legible) Nota: Tratándose de extranjeros deben de acreditar legalmente su situación migratoria en territorio nacional presentando credencial de residente emitida por el INM.
    • Copia de la CURP (descargar de internet).
    • Copia del INE.
    • Certificado de secundaria (deberá mencionar el periodo de estudios, de no ser así, deberá anexar constancia de periodos de cuándo inició y culminó).
    • Certificado profesional de nivel técnico (previamente legalizado).
    • Constancia de liberación de servicio social de la institución educativa.
    • Constancia de liberación de servicio social de la institución donde se realizó.
    • Acta de examen profesional (acta de titulación).
    • Título profesional.
    • Tres fotografías de estudio profesional, tamaño infantil, de frente, blanco y negro, en papel mate con fondo blanco. Nota: la Dirección de Profesiones y Actividades Técnicas, se reserva el derecho de requerir la sustitución de fotografías, a fin de garantizar la calidad de la cédula, en cumplimiento con los más altos estándares de identificación.
    • Solicitar el recibo de pago correspondiente, en las oficinas de la Dirección de Profesiones y Actividades Técnicas.

    Nota: * Egresados que iniciaron sus estudios en una institución educativa y terminaron en otra, deberán presentar la resolución de equivalencia correspondiente,                       emitida por la Secretaría de Educación del Estado emisor.       

            * Para los Técnicos en el Área de la Salud: Es obligatorio entregar constancia de liberación del servicio social de la Plataforma Sistema de Información para la             Administración del Servicio Social para la Salud (SIASS). Así mismo, liberación del Servicio Social donde lo realizó.

            * En caso de que el egresado presente exención del servicio social, tendrá que presentar constancia laboral y recibo de nómina en original.

            * Para los profesionistas foráneos es necesario presentar título debidamente registrado y cédula profesional.           

  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Artículo 9 de la Ley para el Ejercicio de las Profesiones y Actividades Técnicas en el Estado de Nayarit, así como el artículo 10 del Reglamento para el ejercicio de las profesiones y actividades técnicas en el estado de Nayarit.
    • Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el Ejercicio Fiscal 2025, Título 4, Capitulo 1°, Sección 1, Apartado A, Artículo 14, fracción I, Sección Cuarta, Aportación a la Cruz Roja Mexicana, Delegación Nayarit, artículo 62.
    • Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, Artículo 45.
Oficinas de atención
  • Nombre: Dirección De Profesiones Y Actividades Técnicas
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: Javier Mina, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 Horas
  • Teléfonos: 311 133 4221
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Lic. Isis Minerva Ortiz Bupurany
    • Cargo : Subsecretaria
    • Correo : subs.general.gobierno@nayarit.gob.mx