Obtener el Registro como Capacitador en Materia de Protección Civil. Secretaría De Seguridad y Protección Ciudadana Dirección General De Protección Ciudadana y Bomberos del Estado

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Descripción ciudadana

Obtener el registro anual de capacitador en materia de Protección Civil, a fin de realizar acciones de capacitación en el sector público, privado y social.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Representante legal
    • Interesado
  • ¿Qué obtengo? :
    • Registro anual de capacitador en materia de Protección Civil.
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando el solicitante tenga la necesidad de obtener el registro anual de capacitador en materia de Protección Civil, a fin de realizar acciones de capacitación en el sector público, privado y social.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Recaudación y Transferencia
    • Costo mínimo : 9177.00
    • Costo máximo: 9177.00
    • Costo descripción: El costo es por cada registro como capacitador en materia de Protección Civil. "No incluye comisiones bancarias".
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Escrito libre
    • Ingresar oficio con escrito libre de la solicitud para obtener el registro como capacitador externo.
    • Solicitar el formato de pago de derechos (orden de pago), se emite en la Dirección de Protección Ciudadana y Bomberos.
    • Realizar el pago correspondiente en las oficinas de recaudación de renta ubicadas en Palacio de Gobierno del Estado o mediante transferencia bancaria.
    • En caso de ser transferencia bancaria enviar copia digital del pago al correo o número de teléfono que se proporcionará por la Dirección.
    • Regresar con recibo de pago oficial para entrega de registro, solo si fue realizado en recaudación.
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : SI
    • Vigencia : 1 año fiscal de acuerdo a la Ley de Ingresos Vigente para el Estado.
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 30 días hábiles
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Se revisa la información presentada ante esta Dirección. Evaluar la información presentada. Si hay alguna inconsistencia o insuficiencia en la información se contacta al solicitante. Se aprueba para expedición de registro como capacitador externo.
  • Requisitos

    Oficio dirigido al Director de Protección Ciudadana y Bomberos del Estado, adjuntando: Copia simple de las constancias en listadas de cada uno de los instructores de la empresa, o sub-contratados por el capacitador titular.

    • Currículum Vitae actualizado.
    • Copia simple constancias de los cursos de capacitación que acrediten conocimientos técnicos de nivel avanzado en las áreas de interés, emitidas por Centros educativos a nivel Superior y/o Dependencias reconocidas, con una vigencia no mayor a 1 año por cada curso que desee registrar.
    • Programas de Capacitación y Adiestramiento (de cada tema a registrar) con sus contenidos temáticos. Objetivos generales y específicos, duración total expresado en horas y sesiones, técnicas de enseñanza, material y equipo utilizado.
    • Copia simple de su registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y copia de su cédula de Registro Federal de Contribuyentes.
    • Copia simple de Identificación Oficial.
    • Registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
    • Copia simple del Acta Constitutiva debidamente inscrita en el registro público de la propiedad cuyo objetivo social deberá estar vinculado a la Protección Civil (Persona Moral).
    • Copia simple del instrumento notarial que acredite la personalidad del promoverte para el caso de que la misma no conste en el documento a que se refiere en el punto anterior.
    • Relación del personal responsable de la impartición de los servicios de asesoría de estas materias (Persona Moral).
    • Inventario del material y equipo didáctico.
    • Copia simple del formato de Constancia que vaya a expedir.
    • Pago oficial.
  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Artículo 31 fracción VII, de la Ley de Ingresos vigente para el Estado de Nayarit.
    • Artículo 11 de la Ley General de Protección Civil.
    • Artículo 53 fracción XII del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado.
    • Ley de ingresos para el Estado de Nayarit vigente. Art. 62 Aportación a la cruz roja mexicana, delegación Nayarit.

Oficinas de atención
  • Nombre: Dirección General De Protección Ciudadana y Bomberos del Estado
    • Dirección : Tepic, Colonia: Ciudad del Valle, Calle: Avenida Insurgentes, CP: 63157
  • Horarios: Lunes a Domingo las 24:00 horas (Solo Emergencias)
  • Horarios: lunes a viernes de 9:00 a 15:00 y de 18:00 a 20:00 horas (Recepción de Documentos) (Emergencias 24horas)
  • Teléfonos: 311 133 0369
  • Teléfonos: 311 133 0381
  • Teléfonos: 311 213 1607
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Mtro. Manases Langarica Verdín
    • Cargo : Subsecretario
    • Correo : subsecretariasspc1@gmail.com