Seguimiento de Juicios Laborales Secretaría del Trabajo y Justicia Laboral Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nayarit

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Descripción ciudadana

Cuando hay expedientes laborales tramitados en las Juntas Especiales hasta antes del 03 de octubre de 2022, el (la) trabajador (a) y/o patrón (a) pueden acudir a la junta especial donde se encuentra su expediente, para que se continúe con el juicio.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :

    - Trabajador (a), su beneficiario (a) en caso de muerte y/o apoderado (a) legal.

    - Patrón (a), y/o apoderado (a) legal.

  • ¿Qué obtengo? :
    • Solución del conflicto laboral entre trabajador (a) y patrón (a).
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando el o la trabajador (a) y/o patrón (a) le quiere dar continuidad a un expediente laboral presentado antes del 03 de octubre de 2022.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: N/A
    • Costo mínimo : 0
    • Costo máximo: 0
    • Costo descripción: Gratuito
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Escrito libre

  • 1.- Se presenta escrito dirigido a la Junta Especial donde se encuentra el expediente.

    2.- En el escrito se señala el número de expediente de que se trate.

    3.- Se especifica que es lo que solicita, (ejemplo: solicitud de copias, cambio de domicilio procesal, cambio de apoderado, ect.).

    4.- Al final del escrito se firma por el interesado.

    5.- Una vez recibido el escrito por la Junta correspondiente, se turna al secretario (a) de acuerdos para que de contestación a lo que solicita, mediante un escrito llamado acuerdo.

    6.- Se notifica el acuerdo a las partes.

  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : SI
    • Motivo : Se realiza visita al domicilio señalado para recibir notificaciones, por parte de un notificador debidamente identificado, cuando sea necesario llevar a cabo una notificación de carácter personal.
  • ¿Cuánto me tardo?
    • Variable, en caso de conciliación aproximadamente dos meses o mediante resolución 6 meses, agotándose el procedimiento formal del juicio.
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Fundamentar y motivar conforme a la Ley Federal del Trabajo, vigente hasta antes de la reforma del 01 de mayo de 2019.
  • Requisitos
    Presentar  escrito en la oficialía de partes de la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nayarit, que corresponda la cual debe contener:
    • Deberá dirigirlo a la Junta Especial donde se encuentra el expediente.
    • Nombre de quien promueve y domicilio para recibir notificaciones.
    • Número de expediente. 
    • Los puntos petitorios en los cuales debe precisarse con claridad lo que solicita.
    • Establecer con claridad el nombre de las partes.
    • Firma del o la solicitante.
  • Fundamento jurídico del trámite:
    Ley Federal del Trabajo.  vigente hasta antes de la reforma del 01 de mayo de 2019.


    TITULO CATORCE. CAPITULO XVII - Procedimiento ordinario ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
    Artículos 870, 871, 872, 873, 874, 875, 876, 878, 879, 880, 881, 882, 883, 884, 885, 886, 887, 888, 889, 890, 891 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo, vigente hasta antes de la reforma del 01 de mayo de 2019.



Oficinas de atención
  • Nombre: Secretaría del Trabajo y Justicia Laboral
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: Calzada del panteón, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 284 8400
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Lic. Elizabeth Parra Arvizu
    • Cargo : Abogada General
    • Correo : stjl.pdt@nayarit.gob.mx