Cuando hay expedientes laborales tramitados en las Juntas Especiales hasta antes del 03 de octubre de 2022, el (la) trabajador (a) y/o patrón (a) pueden acudir a la junta especial donde se encuentra su expediente, para que se continúe con el juicio.
- Trabajador (a), su beneficiario (a) en caso de muerte y/o apoderado (a) legal.
- Patrón (a), y/o apoderado (a) legal.
1.- Se presenta escrito dirigido a la Junta Especial donde se encuentra el expediente.
2.- En el escrito se señala el número de expediente de que se trate.
3.- Se especifica que es lo que solicita, (ejemplo: solicitud de copias, cambio de domicilio procesal, cambio de apoderado, ect.).
4.- Al final del escrito se firma por el interesado.
5.- Una vez recibido el escrito por la Junta correspondiente, se turna al secretario (a) de acuerdos para que de contestación a lo que solicita, mediante un escrito llamado acuerdo.
6.- Se notifica el acuerdo a las partes.