Si ya terminaste tu Diplomado o deseas refrendar tu credencial de Guía, te solicitamos entres a una plataforma de SECTUR FEDERAL para que subas la documentación que se te solicita , para ser validada y aprobada, posteriormente obtener tu credencial vigente, ya sea en la NOM-08-TUR-2002 ó NOM-09-TUR-2002.
El trámite lo debe de hacer la persona que haya aprobado el Diplomado de guías por primera vez en la NOM-08-TUR-2002 ó NOM-09-TUR-2002 y tenga la necesidad de tener su credencial vigente para ofrecer sus servicios turísticos, así como su Refrendo.
Primeramente es concluir el Diplomado de Guías en la NOM-08-TUR-2002 ó NOM-09-TUR-2002, ya teniendo sus comprobantes de su diplomado, es importante localizar la pagina de SECTUR FEDERAL, en donde el interesado se deberá inscribir y se les generara un usuario y contraseña esto será en el Link https://guiadeturistas.sectur.gob.mx:444/dgtic-app-109/web/main.cfm, para subir los documentos requeridos; debidamente escaneadas, por separado y esperar que su trámite sea aprobado o cancelado, si fuera aprobatorio deberá presentarse en las oficinas estatales que así lo requiera.
Identificación Oficial (INE)
RFC Constancia de Situación fiscal (no mayor a 3 meses)
CURP
Fotografía Digital de Estudio
Certificado medico (no mayor a 3 meses)
Comprobante de Domicilio (no mayor a 3 meses)
Certificado de Estudios
Constancia de Idioma (obligatorio NOM-08-TUR-2002)
Currículum
Documentos o Constancia (Refrendo, comprobación de 160 horas)
Constancia Primeros Auxilios (no mayor a 3 meses)
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE TURISMO
Artículo 79.- Las personas que quieran obtener la credencial de Guía de Turistas deberán cumplir
con lo siguiente:
I. Dirigir la solicitud a la Secretaría, a través de los formatos que ésta determine;
II. Acreditar su nacionalidad. En caso de ser extranjeros, además, deberán demostrar
fehacientemente su legal estancia en el país, así como la condición migratoria que les permita
desarrollar la actividad de Guía de Turistas;
III. Acreditar sus estudios o el proceso de formación que avalen los conocimientos, habilidades y
destrezas necesarias para desarrollar profesionalmente la actividad de Guía de Turistas;
IV. Demostrar el dominio del idioma español en las habilidades de lectura, habla, escritura y
entendimiento del idioma;
V. Presentar identificación oficial;
VI. Presentar el Registro Federal de Contribuyentes y Clave Única del Registro de Población;
VII. Presentar un comprobante de domicilio, y
VIII. Demostrar que cumple con los demás requisitos establecidos en las Normas Oficiales
Mexicanas aplicables a la materia.
La Secretaría determinará los conocimientos y condiciones que debe reunir el solicitante, para que, en
su caso, se determine la especialización de sus conocimientos como Guía de Turista.
El titular de la Secretaría determinará, mediante Acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de
la Federación, los formatos a que se refiere la fracción I de este artículo, y los conocimientos y
condiciones que se requieren para alguna especialización como Guías de Turistas, así como los demás
requisitos técnicos que permitan al solicitante acreditar y demostrar la información requerida en este
artículo.