Credencial de Guía de Turistas Secretaría De Turismo Dirección De Competitividad Turística

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Descripción ciudadana

Si ya terminaste tu Diplomado o deseas refrendar tu credencial de Guía, te solicitamos entres a una plataforma de SECTUR FEDERAL para que subas la documentación que se te solicita , para ser validada y aprobada, posteriormente obtener tu credencial vigente, ya sea en la NOM-08-TUR-2002 ó NOM-09-TUR-2002.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :

    El trámite lo debe de hacer la persona que haya aprobado el Diplomado de guías por primera vez en la NOM-08-TUR-2002 ó NOM-09-TUR-2002 y tenga la necesidad de tener su credencial vigente para ofrecer sus servicios turísticos, así como su Refrendo.

  • ¿Qué obtengo? :
    • Credencial de Guía de Turista
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • En el caso de que apruebe el diplomado y quiera obtener su credencia
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: N/A
    • Costo mínimo : 0.0
    • Costo máximo: 0.0
    • Costo descripción: Gratuito
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Otra manera
  • Primeramente es concluir el Diplomado de Guías en la NOM-08-TUR-2002 ó NOM-09-TUR-2002, ya teniendo sus comprobantes de su diplomado, es importante localizar la pagina de SECTUR FEDERAL, en donde el interesado  se deberá inscribir y se les generara un usuario y contraseña esto será en el Link https://guiadeturistas.sectur.gob.mx:444/dgtic-app-109/web/main.cfm, para subir los documentos requeridos;  debidamente escaneadas, por separado y esperar que su trámite sea aprobado o cancelado, si fuera aprobatorio deberá presentarse en las oficinas estatales que así lo requiera.


  • Vigencia
    • Tiene vigencia : SI
    • Vigencia : 48 meses
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 90 dias
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Requisitos: Identificación Oficial (INE) RFC Constancia de Situación fiscal (no mayor a 3 meses) CURP Fotografía Digital de Estudio Certificado medico (no mayor a 3 meses) Comprobante de Domicilio (no mayor a 3 meses) Certificado de Estudios Constancia de Idioma (obligatorio NOM-08-TUR-2002) Currículum Documentos o Constancia (Refrendo, comprobación de 160 horas) Constancia Primeros Auxilios (no mayor a 3 meses) se anexan digital en plataforma.
  • Requisitos

    Identificación Oficial (INE)

    RFC Constancia de Situación fiscal (no mayor a 3 meses)

    CURP

    Fotografía Digital de Estudio

    Certificado medico (no mayor a 3 meses)

    Comprobante de Domicilio (no mayor a 3 meses)

    Certificado de Estudios

    Constancia de Idioma (obligatorio NOM-08-TUR-2002)

    Currículum

    Documentos o Constancia (Refrendo, comprobación de 160 horas)

    Constancia Primeros Auxilios (no mayor a 3 meses)



  • Fundamento jurídico del trámite:

    REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE TURISMO

    Artículo 79.- Las personas que quieran obtener la credencial de Guía de Turistas deberán cumplir

    con lo siguiente:

    I. Dirigir la solicitud a la Secretaría, a través de los formatos que ésta determine;

    II. Acreditar su nacionalidad. En caso de ser extranjeros, además, deberán demostrar

    fehacientemente su legal estancia en el país, así como la condición migratoria que les permita

    desarrollar la actividad de Guía de Turistas;

    III. Acreditar sus estudios o el proceso de formación que avalen los conocimientos, habilidades y

    destrezas necesarias para desarrollar profesionalmente la actividad de Guía de Turistas;

    IV. Demostrar el dominio del idioma español en las habilidades de lectura, habla, escritura y

    entendimiento del idioma;

    V. Presentar identificación oficial;

    VI. Presentar el Registro Federal de Contribuyentes y Clave Única del Registro de Población;

    VII. Presentar un comprobante de domicilio, y

    VIII. Demostrar que cumple con los demás requisitos establecidos en las Normas Oficiales

    Mexicanas aplicables a la materia.

    La Secretaría determinará los conocimientos y condiciones que debe reunir el solicitante, para que, en

    su caso, se determine la especialización de sus conocimientos como Guía de Turista.

    El titular de la Secretaría determinará, mediante Acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de

    la Federación, los formatos a que se refiere la fracción I de este artículo, y los conocimientos y

    condiciones que se requieren para alguna especialización como Guías de Turistas, así como los demás

    requisitos técnicos que permitan al solicitante acreditar y demostrar la información requerida en este

    artículo.

Oficinas de atención
  • Nombre: Secretaría De Turismo
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: Calzada del Ejército Nacional S/N, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 214 8071
  • Teléfonos: 311 214 8072
  • Teléfonos: 311 214 8073
  • Teléfonos: 311 214 8074
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: LC. Alba Jazmín Herrera Bayardo SECTUR
    • Cargo : Coordinadora
    • Correo : coordinaturismo2017@gmail.com