Consiste en dar de alta el predio en el padrón catastral y asignar clave para el pago de impuesto predial.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Interesado.
Representante legal.
¿Qué obtengo? :
Reporte de información catastral
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando no se cuenta con clave catastral y se requiere el alta para realizar el pago de impuesto predial.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco /En Línea/ Dependencia/ Recaudación
Costo mínimo : 621.85
Costo máximo: 621.85
Costo descripción: Los costos ya incluyen los impuestos adicionales y la aportación a la Cruz Roja Mexicana. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos. Si se paga en Recaudación será mediante las siguientes formas de pago: tarjeta de débito o crédito, cheque o transferencia.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Formato
El interesado se presenta en ventanilla por el formato de pago.
El interesado pasa a pagar en Banco, Recaudación, en línea o bien en ventanilla de la Dependencia, esta última solo acepta pago con tarjeta de Crédito y Débito.
Realizado el pago correspondiente entrega los documentos requeridos y recibe boleta de trámite para dar seguimiento.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
10 días
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
El interesado se presenta a ventanilla con los requisitos, la solicitud se envía al Área de Cartografía donde se verifica que el predio no cuente con clave catastral, si requiere visita el Área de Topografía la realiza y ya con la información recabada realiza los trabajos correspondientes.
Requisitos
Copia de identificación oficial vigente del propietario o representante legal o carta poder debidamente requisitada. (Persona física carta poder simple, persona moral carta poder notariada)
Llenar y entregar el formato de solicitud de trámite o servicio con requisitos solicitados.
Comprobante del pago de derechos.
Copia de las escrituras o titulo de posesión.
Plano del predio georreferenciado en archivo impreso con coordenadas y cuadro de construcción y su ubicación macro y micro.
Fundamento jurídico del trámite:
Artículo 8., fracción XXV de la Ley de Catastro para el Estado de Nayarit de 2022.
Artículo 19 Inciso C.- Servicios y trámites catastrales , fracción XXXV., de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2024.
Oficinas de atención
Nombre: Dirección de Trámites y Servicios Catastrales