Entrega de expediente para realizar el trámite de reposición de placas.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
El dueño de la concesión, persona autorizada u organización a la que este adherido.
¿Qué obtengo? :
Acreditación con Documentación para realizar el pago.
¿En qué casos debe realizarlo? :
En caso de pérdida o robo de placa.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Recaudación/banco
Costo mínimo : 2,476.00
Costo máximo: 2,476.00
Costo descripción: Para realizar la reposición de placas del servicio público es pagará Tarjeta de circulación $622.00 Verificación $470.00 y el 60% del costo de las placas $1,383.00 y no incluye comisiones bancarias.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Otra manera
1.- Presentar los requisitos en el Departamento de Servicio Público.
2.- Recoger el trámite junto con la acreditación.
3.- Acudir a pagar el trámite.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
6
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
1.- Revisión de documentación (Requisitos).
2.- Elaboración de Acreditación.
3.- Revisión de documentación y acreditación elaborada.
4.-Recabar firma del Director de Servicio Público.
5.- Entrega de trámite con acreditación para pago.
Requisitos
1. Oficio de sindicato (en caso de pertenecer a alguno) original y copia
2. Tarjetón o título dos copias
3. Factura (modelo 2015 o más reciente con sellos de fax y factura de origen) dos copias
4. Denuncia ante fiscalía (acta circunstanciada por pérdida o robo de placas) original y copia
5. Baja del vehículo dos copias
6. Último recibo de pago dos copias
7. Verificación vehicular de transporte público original y copia
8. Póliza de seguro (vigente y con las coberturas que establece la ley de movilidad) dos copias
9. Identificación oficial con fotografía (vigente) dos copias
10. Comprobante de domicilio (no mayor a 6 meses de antigüedad) dos copias
Nota: los documentos originales se pedirán en la oficina recaudadora, para su verificación (factura y pagos).
Fundamento jurídico del trámite:
Artículo 23.- fracción I inciso F y fracción II inciso B de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit para el Ejercicio Fiscal 2024 y demás leyes aplicables.