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Certificación de documentos expedidos por asociación de profesionistas o técnicos
Secretaría General De GobiernoDirección De Profesiones Y Actividades Técnicas
La certificación de documentos expedidos por la Asociación de Profesionistas o Técnicos, se realiza cuando se quiere certificar algún documento para acreditar su registro.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
El Presidente del Colegio o Asociación de Profesionistas.
¿Qué obtengo? :
Certificación de documentos expedidos la por Asociación de Profesionistas o Técnicos.
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando se requiere certificar las constancias expedidas por las Asociaciones de Profesionistas para acreditar su registro ante la Dirección de Profesiones y Actividades Técnicas.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco/Recaudación
Costo mínimo : 71.00
Costo máximo: 71.00
Costo descripción: No incluye comisiones bancarias
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Escrito libre
Acudir a la Dirección de Profesiones y Actividades Técnicas y solicitar la certificación de documentos expedidos por la Asociación de Profesionistas o Técnicos,
Entregar la documentación para su validación.
Solicitar el formato de pago.
Realizar el pago correspondiente en la institución bancaria o en la oficina recaudadora de Casa de Gobierno.
Entregar comprobante de pago original y copia, en la Dirección de Profesiones y Actividades Técnicas.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
60 días hábiles
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
El resolutivo es negativo, cuando no presentan algún requisito.
Requisitos
Escrito libre firmado por el Presidente de la Asociación de Profesionistas, solicitando la certificación de las constancias.
Presentar las constancias para su certificación.
Fundamento jurídico del trámite:
Artículo 16, del Reglamento de la Ley para el Ejercicio de las Profesiones y Actividades Técnicas en el Estado de Nayarit.
Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el Ejercicio Fiscal 2025, Título 4, Capitulo 1°, Sección 1, Apartado A, Artículo 14, fracción XII, Sección Cuarta; Aportación a la Cruz Roja Mexicana, Delegación Nayarit, articulo 62.
Oficinas de atención
Nombre: Dirección De Profesiones Y Actividades Técnicas