El objeto de este impuesto es la venta de bebidas con contenido alcohólico que se realice en el territorio del Estado, con excepción de aquellas cuyo gravamen se encuentra expresamente reservado a la Federación. Se entiende por bebidas con contenido alcohólico, aquellas que a la temperatura de 15° centígrados tengan una graduación alcohólica de más de 3° G.L hasta 55° G.L incluyendo el aguardiente. (No aplica en cerveza)
El impuesto se calculará mensualmente y se pagará a más tardar el día diez del mes siguiente a aquel en que corresponda el pago.
Para mayor información se encuentra disponible las siguientes líneas telefónicas: 3112580450; 3112169649 y lada sin costo 8007275234 o al correo electrónico asistenciacontribuye@nayarit.gob.mx