Inscripción en el Padrón de Impuestos Estatales. Secretaría De Administración Y Finanzas Dirección General de Ingresos

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Descripción ciudadana

Para cumplir con la normativa, las personas físicas y morales establecidas en el territorio del Estado que realicen actividades gravadas con impuestos estatales, tienen la obligación de inscribirse. Conforme a la actividad se pueden registrar en las siguientes potestades: Impuesto sobre Nóminas y Retenedores, Impuesto sobre Hospedaje, Impuestos Cedulares sobre los Ingresos de las Personas (Arrendamiento de Bienes Inmuebles y Servicios Profesionales) y Retenedores, Impuesto a la Venta de Bebidas con Contenido Alcohólico, Impuesto sobre Juegos y Apuestas Permitidas, Impuesto a la Industria de Extracción de Materiales Pétreos en Transporte de Vehículos o Camiones de Volteo, Impuesto sobre la Adquisición de Vehículos Usados.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Representante legal.
    • Interesado.
    • Tercero.
  • ¿Qué obtengo? :
    • Formato de Inscripción con Sello y firma de recepción y la clave estatal con la cual podrá accesar al portal para realizar sus declaraciones.
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando se realizan actividades gravadas con impuestos estatales.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: N/A
    • Costo mínimo : 0
    • Costo máximo: 0
    • Costo descripción: Gratuito
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Formato
  • Inscripción en línea.

    • Ingresar al protal web https://hacienda.minayarit.gob.mx
    • Ir a trámites, Inscripción de Impuestos Estatales en Línea.
    • Ver "Mostrar Guía"
    • Iniciar en Línea (seguir el proceso de la línea de tiempo que le lleva paso a paso a realizar la inscripción. 

    Inscripción por correo electrónico (solo contribuyente foráneos)

    • Enviar al correo electrónico asistenciacontribuye@nayarit.gob.mx, en formato PDF todos los documentos señalados en los requisitos y el formato de inscripción debidamente firmado por el contribuyente y/o representante legal.

    Inscripción Presencial 

    • Formato de Inscripción y movimientos posteriores.
    • Acudir al Departamento de Asistencia al Contribuyente en Av. Allende No. 276 Pte. en Tepic con los documentos que se señalan en copia y tres tantos del formato de inscripción con firma autógrafa del contribuyente y/o representante legal. 
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 3 días
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Al recibir de parte del contribuyente la documentación señalada en los requisitos, se siguen los siguientes pasos: 1. Se recaban los trámites recibidos en el día y se entregan al día hábil siguiente al área de padrones. 2. El área de padrones verifica en el Sistema de Ingresos, que no exista registro anterior del contribuyente, para evitar duplicidad. 3. Se realiza el registro y se asigna la clave estatal. 4. Se habilita el formato de declaración en la página de internet. 5. El contribuyente se comunica al teléfono que le proporcionó el asesor fiscal que es el siguiente 3112580449, para obtener su número de cuenta.
  • Requisitos

    Documentos generales para la inscripción a los impuestos y derechos estatales:

    • Formato de Solicitud de Inscripción al Padrón de Impuestos estatales.
    • Constancia de Situación Fiscal al RFC ante el SAT (reciente). 
    • Apertura de Establecimiento o Sucursal ante el SAT en Nayarit. 
    • Identificación Oficial del Contribuyente o Representante Legal.
    • CURP (solo para personas físicas)
    • Comprobante de Domicilio Fiscal en Nayarit.
    • Croquis de Ubicación del Domiclio Fsical en Nayarit (Google Maps).
    • Acta Constitutiva (Persona Moral).
    • Poder Notarial (Persona Moral).

    Documentos específicos adicionales que se anexan:

    Impuesto sobre Nómina.

    • Alta al Seguro Social.
    • SIROC (Alta de obra ante el Seguro Social, únicamente cuando la inscripción sea por tener obra).

    Impuesto a la Venta de Bebidas con contenido Alcohólico:

    • Recibo de pago oficial del refrendo de alcoholes.

    Impuesto sobre Juegos y Apuestas Permitidas, Sobre Rifas, Loterías y Sorteos:

    • Permiso de la Secretaría de Gobernación (SEGOB)

    Para mayor información se encuentra disponible las siguientes líneas telefónicas: 3112580449; 3112169649 y lada sin costo 8007275234; o al correo electrónico asistenciacontribuye@nayarit.gob.mx 


  • Fundamento jurídico del trámite:

    Nómina: Art. 7 Ley de Ingresos y Art. 84 al 91 de la Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.


    Hospedaje: Art. 4 de la Ley de Ingresos y del Art. 55 al 66 de la Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.

    Cedular Arrendamiento: Art. 3 de la Ley de Ingresos y Art. 16 al 24 Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.

    Cedular Servicio Profesionales: Art. 3 Ley de Ingresos y Art. 10 al 15 Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.

    Juego y Apuestas Permitidas, sobre rifas, loterías y sorteos: Art. 2 Ley de Ingresos y Art. 1 al 6 Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.

    Impuesto a la Venta de Bebidas con Contenido Alcohólico: Art. 5 Ley de Ingresos y Art. 67 al 75 de la Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.

    Impuesto a la Industria de Extracción de Materiales Pétreos en Transporte de Vehículos o Camiones de Volteo: Art. 8 Ley de Ingresos y Art. 91 Bis al 91 Octies de la Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.

    Impuesto sobre Adquisición de Vehículos Usados: Art. 6 Ley de Ingresos y Art. 29-Ter de la Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.

    Retenedor del Impuesto Cedular: Art. 13 y Art. 19 Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.

    Retenedor del Impuesto Sobre Nómina: Art. 85 de la Ley de Hacienda del Estado de Nayarit.

    La Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para al ejercicio fiscal 2025, publicada el  23 de diciembre 2024 en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit.

    Ley de Hacienda del Estado de Nayarit, publicada el 22 de Diciembre de 2012 en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit. (Última Reforma publicada en el Periódico Oficial: 06 de diciembre 2023).

    Artículo 38 fracción I del Código Fiscal del Estado de Nayarit, publicado el 19 de diciembre 2022 en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit.

Oficinas de atención
  • Nombre: Casa de Gobierno de Nayarit (Palacio de Gobierno)
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: México S/N, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 216 9649 Asistencia al Contribuyente
  • Teléfonos: 311 215 2100 Ext. 20331 Dirección General de Ingresos
  • Teléfonos: 311 2152100 Ext. 20358 Recaudación de Ingresos
  • Teléfonos: 311 2152100 Ext. 20356 Control de Recaudación
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: C,P. José Manuel Laurel Suárez - SAF
    • Cargo : Subsecretario
    • Correo : sub.ingresos@nay.gob.mx
  • Nombre: mejora regulatoria SAF
    • Cargo : Director General
    • Correo : mejoraregulatoriafinanzas@nay.gob.mx