Inscripciones de actos de mexicanos celebrados en el extranjero. Secretaría General De Gobierno Dirección De Registro Civil

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Descripción ciudadana

Inscripción de actas de nacimiento, matrimonio, divorcio y defunción de mexicanos asentadas en el extranjero.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • El interesado o un tercero 
  • ¿Qué obtengo? :
    • Registro de inscripción de actas de mexicanos celebrados en el extranjero
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando se desee inscribir un acta de nacimiento, matrimonio, divorcio o defunción de mexicanos asentadas en el extranjero, así como en el caso de ejercer el derecho la doble nacionalidad.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Transferencia/Recaudación/Tiendas de Conveniencia
    • Costo mínimo : 0
    • Costo máximo: 1837.83
    • Costo descripción: El costo por inscribir nacimiento está exento, solo se cobra la impresión del acta y el costo máximo es para los demás actos registrales (matrimonio, defunción y divorcios). aclarando que se incluye en dicho costo el pago de impuestos. no se incluye comisión de cobro por tiendas de conveniencia.
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Otra manera
    • Deberá acudir las oficinas de Registro Civil del Estado y presentar los requisitos.
    • Realizar el pago de derechos correspondiente, en actos de defunción, matrimonio y divorcio. (En caso de las inscripciones de nacimiento, el pago queda exento.)
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 07 Días
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Una vez que se cumplan los requisitos, se procederá a dar respuesta a la ciudadanía
  • Requisitos
    • Presentar los documentos en original y un juego de copias.
    • El acta extranjera deberá estar apostillada.
    • Traducción al español del acta (realizada por un perito, traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia de Nayarit.
    • En caso de que desee inscribir un acta de nacimiento, se deberá presentar el acta de nacimiento del padre o madre que sea mexicano, una identificación oficial y CURP certificada.
    • Cubrir el pago correspondiente y presentar el recibo al momento de realizar el trámite. 
  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el ejercicio Fiscal 2024, artículo 16, fracciones XV y XXIV y artículo 62. 
    • Código Civil para el Estado de Nayarit, artículos 35 al 43.

Oficinas de atención
  • Nombre: Casa de Gobierno de Nayarit (Palacio de Gobierno)
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: México S/N, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 215 2000 Ext. 20145, 20147 y 20148
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Lic. Isis Minerva Ortiz Bupurany
    • Cargo : Subsecretaria
    • Correo : subs.general.gobierno@nayarit.gob.mx