Uso temporal del inmueble para la realización de eventos de tipo social, artísticos y culturales.
Público en general o representante legal que esté interesado en realizar la renta del inmueble.
Artículo 9 de las Disposiciones Específicas del Manual de Ingresos Propios.
El Presidente otorgará al Usuario el importe del arrendamiento con base en el catálogo de tarifas autorizadas por la Junta, y de acuerdo al número de horas requeridas teniendo una tarifa preferencial los eventos que sean eminentemente altruistas, y que no tenga un costo el acceso al inmueble."
Artículo 11 de las Disposiciones Específicas del Manual de Ingresos Propios.
Procedimiento para otorgar los servicios: los usuarios solicitarán los servicios a través de la Dirección, para lo cual se tendrá que llenar el formato correspondiente a VI.2.1 MODALIDAD DE ARRENDIMIENTO INTEGRAL DE INSTALACIONES, LOBBY Y SALA DE EXPOSICIONES:
Articulo 13 Atribuciones del Presidente, fracción XVIII del REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO DEL TEATRO DEL PUEBLO.
Establecer y proponer a la Junta las medidas que considere convenientes para preservar, fomentar y lograr mayor incremento en el patrimonio y los ingresos propios del Patronato.
Articulo 13 Atribuciones del Presidente, Fracción XXI del REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO DEL TEATRO DEL PUEBLO
Otorgar, suscribir y celebrar títulos y operaciones de crédito hasta por la cantidad que autorice la Junta, siempre y cuando los títulos y las operaciones se deriven de actos propios del objeto del Patronato.
Articulo 13 Atribuciones del Presidente, Fracción XXII del REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO DEL TEATRO DEL PUEBLO
Celebrar negociaciones con productores y/o empresarios respecto a las obras, eventos y/o espectáculos que se presenten bajo el término de porcentaje o renta.
Capítulo VI DE LAS ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, Articulo 23 Fracción XIV del REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO DEL TEATRO DEL PUEBLO.
Administrar y vigilar los bienes muebles e inmuebles para el cumplimiento de las funciones sustantivas del Patronato.
Capítulo VI DE LAS ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, Articulo 23 Fracción XV del REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO DEL TEATRO DEL PUEBLO.
Administrar los fondos provenientes de los recursos ordinarios y extraordinarios que por cualquier motivo obtenga el Patronato.
Capítulo VI DE LAS ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS, Articulo 23 Fracción XX del REGLAMENTO INTERIOR DEL PATRONATO DEL TEATRO DEL PUEBLO.
Recaudar los derechos y cuotas por los diversos servicios del Patronato, así como cualquier otro ingreso por utilidades y rentas.