Anotaciones marginales. Secretaría General De Gobierno Dirección De Registro Civil

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Descripción ciudadana

Para realizar un cambio en un acta, se debe realizar una anotación marginal en el libro correspondiente del Registro Civil.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Interesado y/o tercero
  • ¿Qué obtengo? :
    • Copia del libro con anotación en el registro.
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando hayas concluido tu trámite de corrección, podrás solicitar la anotación del libro correspondiente.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Transferencia/Recaudación/Tiendas de Conveniencia
    • Costo mínimo : 621.84
    • Costo máximo: 621.84
    • Costo descripción: El costo es por anotación marginal, en dicho costo se incluye el pago de impuestos, sin embargo, no se incluye la comisión bancaria y tiendas de conveniencia.
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Otra manera
    • El interesado o un tercero, deben acudir a la oficialía del Registro Civil del Estado o del municipio correspondiente, donde fue emitida su acta. 
    • Presentar los requisitos.
    • Para concluir el trámite, se debe realizar la anotación marginal, en los libros de Registro Civil del Estado y de igual manera, en el Registro Civil del municipio que corresponda, el acta afectada.
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 30 Días
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Una vez que se cumplan los requisitos y hayan transcurrido los 30 días, se verá reflejada en el libro la anotación correspondiente.
  • Requisitos
    • Copia del libro del acta afectada
    • Copia certificada de la resolución judicial  o administrativa.
    • Cubrir y presentar el pago correspondiente.
  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el ejercicio Fiscal 2024, artículo 16, fracción VIII y artículo 62.
    •  Código Civil para el Estado de Nayarit, artículos 35 al 43.
Oficinas de atención
  • Nombre: Casa de Gobierno de Nayarit (Palacio de Gobierno)
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: México S/N, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 215 2000 Ext. 20145, 20147 y 20148
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Lic. Isis Minerva Ortiz Bupurany
    • Cargo : Subsecretaria
    • Correo : subs.general.gobierno@nayarit.gob.mx