Para realizar un cambio en un acta, se debe realizar una anotación marginal en el libro correspondiente del Registro Civil.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Interesado y/o tercero
¿Qué obtengo? :
Copia del libro con anotación en el registro.
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando hayas concluido tu trámite de corrección, podrás solicitar la anotación del libro correspondiente.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco/Transferencia/Recaudación/Tiendas de Conveniencia
Costo mínimo : 621.84
Costo máximo: 621.84
Costo descripción: El costo es por anotación marginal, en dicho costo se incluye el pago de impuestos, sin embargo, no se incluye la comisión bancaria y tiendas de conveniencia.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Otra manera
El interesado o un tercero, deben acudir a la oficialía del Registro Civil del Estado o del municipio correspondiente, donde fue emitida su acta.
Presentar los requisitos.
Para concluir el trámite, se debe realizar la anotación marginal, en los libros de Registro Civil del Estado y de igual manera, en el Registro Civil del municipio que corresponda, el acta afectada.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
30 Días
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
Una vez que se cumplan los requisitos y hayan transcurrido los 30 días, se verá reflejada en el libro la anotación correspondiente.
Requisitos
Copia del libro del acta afectada
Copia certificada de la resolución judicial o administrativa.
Cubrir y presentar el pago correspondiente.
Fundamento jurídico del trámite:
Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el ejercicio Fiscal 2024, artículo 16, fracción VIII y artículo 62.
Código Civil para el Estado de Nayarit, artículos 35 al 43.
Oficinas de atención
Nombre: Casa de Gobierno de Nayarit (Palacio de Gobierno)