Registro de matrimonio Secretaría General De Gobierno Dirección De Registro Civil

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Descripción ciudadana

Si deseas contraer matrimonio civil.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Interesados
  • ¿Qué obtengo? :
    • Registro y acta de matrimonio
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando una pareja desea contraer matrimonio.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Transferencia/Recaudación/Tiendas de Conveniencia
    • Costo mínimo : 1685.83
    • Costo máximo: 3976.66
    • Costo descripción: Derecho matrimonio el costo mínimo son de actos registrales en oficinas del Registro Civil, y el costo máximo son de actos registrales fuera de oficinas del Registro Civil, aclarando que se incluye en dicho costo el pago de impuestos. No incluye comisiones bancarias o en tiendas de conveniencia
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Formato
    • Acudir a las oficinas del Registro Civil del Estado y presentar la solicitud de matrimonio con los requisitos en original y copia.
    • El encargado de la recepción de documentos para matrimonio, le señalará las fechas disponibles y la pareja elegirá el día y hora.
    • El pago correspondiente lo puede realizar al presentar la solicitud de matrimonio, con los requisitos completos, o realizarlo el día que se va a llevar a cabo el matrimonio (solamente en caso de que se realice dentro de las instalaciones del Registro Civil del Estado)
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 8
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Una vez que se cumplan los requisitos, se procederá a agendar la fecha para la celebración del matrimonio.
  • Requisitos
    • Acudir a las oficinas del Registro Civil del Estado, para entregar el formato de solicitud de matrimonio llenado y acompañarlo con todos los requisitos solicitados, en original y copia.
    • Actas de nacimiento de los contrayentes, si es extranjero, el acta deberá estar apostillada o legalizada según corresponda.
    • C.U.R.P certificada.
    • Actas de los hijos que tengan en común (si fuera el caso).
    • Identificación oficial con fotografía.
    • Si son divorciados los solicitantes, deberán presentar acta de divorcio, en caso de ser viudos, presentar acta de defunción.
    • Certificado médico prenupcial y análisis de sangre de los contrayentes, expedido por dependencia oficial S.S.N. Centro de Salud.
    • Constancia de pláticas prematrimoniales del DIF.
    • Constancia de no deudor alimentario moroso.
    • 2 testigos con copia de identificación oficial con fotografía, en caso de que el matrimonio se realice en las Oficinas del Registro Civil.
    • 4 testigos con copia de identificación oficial con fotografía, en caso de que el matrimonio se realice fuera de las oficinas del Registro Civil.
    • Realizar y presentar el pago correspondiente, en las cajas de recaudación, ubicadas en Casa de Gobierno o en institución bancaria autorizada.
  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el ejercicio Fiscal 2024, artículo 16 fracción XI y XII y artículo 62. 
    • Código Civil para el Estado de Nayarit, artículos 35 al 43 y del 135, 142 al 157.
Oficinas de atención
  • Nombre: Casa de Gobierno de Nayarit (Palacio de Gobierno)
    • Dirección : Tepic, Colonia: Tepic Centro, Calle: México S/N, CP: 63000
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 215 2000 Ext. 20145, 20147 y 20148
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Lic. Isis Minerva Ortiz Bupurany
    • Cargo : Subsecretaria
    • Correo : subs.general.gobierno@nayarit.gob.mx