Este tipo de trámite se lleva a cabo cuando un usuario está inconforme con el servicio que le proporcionó algún Notario Público, por esta razón, se acude ante la Dirección Estatal del Notariado, quien es la autoridad encargada de vigilar el ejercicio de la función notarial y por lo tanto de conocer este tipo de procedimientos.
1.- Informar de la inconformidad que existe con algún Notario, debiendo presentar la queja por escrito y los medios de prueba.
Artículo 245, Capítulo Tercero, de la Ley del Notariado para el Estado de Nayarit.
Artículo 44, Fracción X, del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.