Expedir una copia certifica de una escritura pública, que requiera solicitar el ciudadano, de la cual sea parte interesada.
Expedición de copias certificadas de alguna escritura pública.
Artículo 177 Y 178 de la Ley del Notariado para el Estado de Nayarit.
Artículo 50 de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el Ejercicio Fiscal 2024.