Nuevo Registro compra-venta de ganado Secretaría De Desarrollo Rural Subsecretaría de Ganadería

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Descripción ciudadana

La secretaría emite una credencial al empresario donde lo acredita a la compra y venta exclusiva de ganado.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Representante legal
    • Interesado
    • Persona Fiscal.
  • ¿Qué obtengo? :
    • Credencial plastificada que lo acredita como autorizado para comprar y vender ganado.
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • En el caso que haya interés de una persona en realizar actividades de Compra-venta de ganado y registrar su actividad ante esta Subsecretaria de Ganadería.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Transferencia/Recaudación/Tiendas de Conveniencia
    • Costo mínimo : 394.00
    • Costo máximo: 394.00
    • Costo descripción: No incluye comisiones bancarias o pagos a terceros.
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Otra manera
    • Presentarse con los requisitos solicitados.
    • Realizar el pago.
    • Se entrega credencial de compra y venta de ganado al solicitante.
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : NO
    • Vigencia : N/A
  • Visita
    • Requiere visita : NO
    • Motivo : N/A
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 7 días Hábiles
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Cumplimiento en tiempo y forma de los requisitos para obtener un resolutivo positivo y realizar el el pago correspondiente.
  • Requisitos
    • Copia de credencial del INE.
    • Copia de la CURP.
    • Constancia de situación fiscal con actividad económica ganadera.
    • Copia de la PSG (Prestador de Servicio Ganadero). expedita por la Unión Ganadera Regional de Nayarit
    • Copia de autorización de centro de acopio.
  • Fundamento jurídico del trámite:

    * Artículo 25 fracción I numeral 2 de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano del Estado Nayarit para el Ejercicio Fiscal 2024, Sección cuarta.
    * Artículo 142 bis de la Ley Ganadera del Estado de Nayarit.
    * Lineamiento no° 1:  Cada corral de acopio y/o engorda de consumo nacional deberá ser autorizado por el Gobierno del Estado, a través de la Secretaria de Desarrollo Rural,  quien verificará que se cumpla los requisitos establecidos en la Ley Ganadera del Estado de Nayarit. La autorización tendrá una vigencia de 12 meses a partir de la emisión de la carta de autorización. 

Oficinas de atención
  • Nombre: Secretaría de Desarrollo Rural
    • Dirección : Tepic, Colonia: El Tecolote, Calle: Av. Jacarandas, CP: 63135
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 y de 17:00 a 19:00 Horas
  • Teléfonos: 311 212 4458
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Ing. Pablo Galván Ayala
    • Cargo : Subsecretario
    • Correo : rural.subsecretaria@nayarit.gob.mx