Prórroga de Autorización y/o Resolución en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental Secretaría de Desarrollo Sustentable Dirección General de Evaluación Ambiental

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Descripción ciudadana

La Prórroga de la Autorización y/o Resolución en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental, es la renovación a la vigencia del tiempo autorizado en la Autorización y/o Resolución, siempre y cuando sea solicitado con un mes de anticipación al vencimiento del periodo de la Autorización y/o Resolución en Materia de Impacto Ambiental.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :

    El trámite puede ser solicitado por cualquier Persona Física con actividad empresarial o Moral que tenga una autorización y/o resolución en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental Activo, así como también el Prestador de Servicios Ambientales que este autorizado por el Promovente del Proyecto.

  • ¿Qué obtengo? :
    • Prórroga de la Autorización y/o Resolución en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Cuando el Proyecto en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental no ha sido culminado, ni solicitado su cierre de expediente y su vigencia este por culminar.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Transferencia/Recaudación/Tiendas de Conveniencia
    • Costo mínimo : 9,000.00
    • Costo máximo: 300,000.00
    • Costo descripción: El costo es variable en función del proyecto autorizado, el cobro es el mismo al del informe preventivo, manifestación de impacto ambiental o estudio de riesgo ambiental; en desarrollos habitacionales, dependerá del tipo de fraccionamientos y número de viviendas.
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Escrito libre
  • Para solicitar la Prórroga de la Autorización y/o Resolución en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental, el promovente deberá de realizar el siguiente procedimiento.

    A) En caso de ser presencial, deberá de acudir a las instalaciones de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y solicitar la orden de pago.

    B) En caso de ser vía correo electrónico. 
    1. Deberá de solicitar con un mes de anticipo (antes de que fenezca su vigencia de la autorización), la Orden de pago a través del correo electrónico semanay_dea@hotmail.com, colocando como asunto Prórroga nombre del proyecto.
    2. Dentro del mensaje del correo deberá de colocar la siguiente información:

    • Nombre del proyecto.
    • Número de Oficio de la Resolución.
    • Nombre de la Persona Física o Moral promovente del proyecto.
    • En caso de fraccionamientos deberá de colocar el Tipo de Proyecto (Popular, Medio, Especial, Mixto, Condominio, etc), así como la cantidad de viviendas, lotes, unidades habitacionales autorizadas. En caso de haber realizado modificación Parcial al Proyecto deberá de ser mencionado.
    • RFC
    • Ubicación del Proyecto.

    C. Una vez obtenida la orden de pago, deberá de efectuar el pago dentro de las 48 horas posteriores a la emisión ya que tiene vigencia, en caso de no realizarlo, deberá de solicitar una nueva orden de pago.

    D. Deberá de ingresar a la Oficialía de Partes de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, por escrito simple la solicitud de Prórroga de la Autorización y/o Revalidación en Materia de Impacto Ambiental para su proyecto, dicho escrito deberá de ser dirigido al M.C. César Octavio Lara Fonseca, Secretario de Desarrollo Sustentable, y a la vez a la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y Ordenamiento Territorial dirigido a su titular.

    E. Deberá de esperar la visita de inspección por parte de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y Ordenamiento Territorial, quien determinará si es acreedor de un Procedimiento Administrativo o No.

    F. En caso de que se inicie Procedimiento Administrativo, deberá de dar cumplimiento a la Sanción o Medida Correctiva que le Instaure la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y Ordenamiento Territorial, concluido ello la Secretaría estará en condiciones de emitir la Prórroga de la Autorización y/o Resolución en Materia de Impacto y Riesgo Ambiental.

    G. Una vez firmado el documento, será notificado al promovente (o a quien este acreditado o presente una carta poder) de forma presencial, presentando una identificación oficial y carta poder.



  • Vigencia
    • Tiene vigencia : SI
    • Vigencia : 1 año
  • Visita
    • Requiere visita : SI
    • Motivo : La Secretaría por conducto de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y Ordenamiento Territorial, realizará visita de inspección con la finalidad de comprobar que las actividades informadas se han realizado de forma correcta.
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 60 Días
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • Negativa ficta
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Los criterios son: -Cumplimiento con las condicionantes ambientales que se establecieron en la Autorización y/o Resolución. -Cuenta o no con procedimiento administrativo ante la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente y Ordenamiento Territorial. -No exista inconformidades, denuncias ciudadanas, etc. -No se haya generado un desequilibrio ecológico. -Se Autoriza -Se niega
  • Requisitos
    • Solicitud por escrito (formato libre) dirigido al Secretario de Desarrollo Sustentable el M.C. César Octavio Lara Fonseca, señalando los datos generales del Proyecto.
    • Pago de derechos correspondiente.
  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Artículos 37 al 53 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nayarit.
    • Artículos 8 al 54 del Reglamento de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nayarit.
    • Negativa ficta Artículo 40 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nayarit.
    • Artículos 12, 29, 61 y 62 de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el Ejercicio Fiscal 2024.
      • Como el costo es el mismo al de la evaluación del informe preventivo, manifestación de impacto ambiental o estudio de riesgo ambiental, el costo es variable con base al artículo 29 de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit para el Ejercicio Fiscal 2024; es decir:
      • De la manifestación de impacto ambiental: artículo 29 fracciones I inciso B), II inciso B), III inciso B), IV inciso B), V inciso B), VI inciso B), VII inciso B), VIII inciso B), IX inciso B), X inciso B), XI inciso A), XII inciso B), XIII inciso B), XIV inciso B), XV inciso B), XVI inciso B), XVII inciso B), XVIII inciso B), XIX inciso B), XX inciso B), XXI inciso B), XXII inciso B), XXIII numeral 1 inciso B), XXIV numeral 1 inciso B) numeral 2 inciso B) numeral 3 inciso B), XXV inciso B), XXVI inciso B), XXVII inciso B), XXXI inciso B).
      • Manifestación de impacto ambiental con estudio de riesgo: artículo 29 fracción XXXI inciso E).
      • Estudio de riesgo ambiental: artículo 29 fracción XXXI inciso C).
      • Informe preventivo: artículo 29 fracciones I inciso A), II inciso A), III inciso A), IV inciso A), V inciso A), VI inciso A), VII inciso A), VIII inciso A), IX inciso A), X inciso A), XII inciso A), XIII inciso A), XIV inciso A), XV inciso A), XVI inciso A), XVII inciso A), XVIII inciso A), XIX inciso A), XX inciso A), XXI inciso A), XXII inciso A), XXIII numeral 1 inciso A), XXIV numeral 1 inciso A) numeral 2 inciso A) numeral 3 inciso A), XXV inciso A), XXVI inciso A), XXVII inciso A), XXXI inciso A).
      • Informe preventivo con estudio de riesgo: artículo 29 fracción XXXI inciso D).

    No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos.

Oficinas de atención
  • Nombre: Secretaría de Desarrollo Sustentable
    • Dirección : Tepic, Colonia: Burócrata Federal, Calle: Avenida Rey Nayar S/N, CP: 63156
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 Horas
  • Teléfonos: 311 210 3570
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Lic. Carlos Villareal Galaviz
    • Cargo : Subsecretario
    • Correo : medioambiente.ordenamiento@nayarit.gob.mx