Evaluación para el Informe Preventivo. Secretaría de Desarrollo Sustentable Dirección General de Evaluación Ambiental

  • Publicado

Descripción ciudadana

Autorización y/o Resolución de Informe preventivo se debe obtener previo a la realización de obras y actividades de competencia Estatal, con la finalidad de evaluar los Impactos Ambientales que se generan por la Obra.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    Cualquier persona Física con actividad empresarial o Moral previo a la ejecución de algún proyecto que requiera de ser evaluado en materia de Impacto Ambiental de competencia Estatal.
  • ¿Qué obtengo? :
    • Autorización y/o Resolución de Informe Preventivo
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Las personas Físicas con actividad empresarial o Morales interesadas en la realización de Obras y actividades que se realicen en zonas que hayan tenido previas autorizaciones en materia de impacto ambiental.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Transferencia/Recaudación/Tiendas de Conveniencia
    • Costo mínimo : 9,000
    • Costo máximo: 300,000
    • Costo descripción: Costo variable en función del proyecto a evaluar. Por ejemplo, para Desarrollos habitacionales el costo total varía con base al tipo de desarrollo y el número total de viviendas.
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Escrito libre
  • Para solicitar la Evaluación del Informe Preventivo de Impacto Ambiental, el promovente deberá de realizar el siguiente procedimiento.

    A. Solicitar la orden de pago de manera presencial en las instalaciones de la Secretaría o a través del correo semanay_dea@hotmail.com. En este último deberá colocar el asunto: Solicitud orden de pago para Informe Preventivo. Para ambos casos es necesario presentar el nombre de la persona Física o Moral promovente del proyecto, su ubicación y el nombre del proyecto, así como los datos fiscales si es necesario realizar la facturación del pago.

    B. Una vez obtenida la orden de pago, deberá de efectuar el pago.

    C. Deberá de ingresar a la Oficialía de Partes de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, por escrito simple la solicitud de la Evaluación del Informe Preventivo de Impacto Ambiental, dicho escrito deberá de ser dirigido al Secretario de Desarrollo Sustentable. Así como el Informe Preventivo de forma digital e impreso realizado por un Prestador de Servicios Ambientales que se encuentre inscrito en el Padrón de Servicios Ambientales del Estado de Nayarit. El cual deberá contener la información contenida en la Guía para la elaboración del Informe Preventivo de Impacto Ambiental, publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit, el 08 de enero de 2005.

    D. Una vez dictaminado, el promovente deberá ser notificado de manera presencial ante esta Secretaría sobre la resolución del proyecto.
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : SI
    • Vigencia : 1 año
  • Visita
    • Requiere visita : SI
    • Motivo : a Juicio de la Secretaría se podrán efectuar visitas de inspección física, a efecto de corroborar la información documental presentada.
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 60 Días
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • Negativa ficta
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Presentar los requisitos establecidos en la Guía para la Elaboración del Informe Preventivo de Impacto Ambiental y sus anexos, así como el cumplimiento con las normativas en la materia.
  • Requisitos

    Oficio dirigido al Secretario de Desarrollo Sustentable en formato libre para la evaluación del Informe Preventivo de Impacto Ambiental, copia del recibo de pago legible así como el Informe Preventivo, que deberá contener lo establecido en la Guía para la Elaboración del Informe Preventivo de Impacto Ambiental, así como:

    Datos generales de quien pretenda realizar la obra o actividad proyectada, o en su caso, de quien hubiere ejecutado los proyectos o estudios previos correspondientes;

    Documentos que determinen el uso de suelo autorizado para el predio;

    Descripción de la obra o actividad proyectada; 

    Descripción de los materiales o productos que vayan a emplearse en la ejecución de la obra o actividad proyectada, y los que en su caso vayan a obtenerse como resultado de dicha obra o actividad, incluyendo emisiones a la atmósfera, descargas de aguas residuales, tipo de residuos y procedimientos para su disposición final.

    Así como los anexos aplicables que se encuentran en la Guía para la Elaboración del Informe Preventivo de Impacto Ambiental, la documentación legal deberá de presentarse en copia certificada, así como la constancia de compatibilidad urbanística. 

  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Artículos del 37 al 53 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nayarit.
    • Negativa ficta: Artículo 40 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nayarit.
    • Reglamento de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente en Materia de Evaluación Ambiental.
    • Artículos 12, 29 fracciones I inciso A), II inciso A), III inciso A), IV inciso A), V inciso A), VI inciso A), VII inciso A), VIII inciso A), IX inciso A), X inciso A), XII inciso A), XIII inciso A), XIV inciso A), XV inciso A), XVI inciso A), XVII inciso A), XVIII inciso A), XIX inciso A), XX inciso A), XXI inciso A), XXII inciso A), XXIII numeral 1 inciso A), XXIV numeral 1 inciso A) numeral 2 inciso A) numeral 3 inciso A), XXV inciso A), XXVI inciso A), XXVII inciso A), XXXI inciso A) y D), 61 y 62 de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el Ejercicio Fiscal 2024.
Oficinas de atención
  • Nombre: Secretaría de Desarrollo Sustentable
    • Dirección : Tepic, Colonia: Burócrata Federal, Calle: Avenida Rey Nayar S/N, CP: 63156
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 Horas
  • Teléfonos: 311 210 3570
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Lic. Carlos Villareal Galaviz
    • Cargo : Subsecretario
    • Correo : medioambiente.ordenamiento@nayarit.gob.mx