Evaluación para el Informe Preventivo. Secretaría de Desarrollo Sustentable Dirección General de Evaluación Ambiental

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Descripción ciudadana

Autorización y/o Resolución de Informe preventivo se debe obtener previo a la realización de obras y actividades de competencia Estatal.

¿Qué necesito saber acerca del trámite?
  • ¿Quién puede realizarlo? :
    • Representante legal
    • Interesado
  • ¿Qué obtengo? :
    • Resolutivo, documento a través del cual se autoriza la procedencia, o en su caso nulidad de trámite.
  • ¿En qué casos debe realizarlo? :
    • Las personas Físicas con actividad empresarial o personas Morales interesadas en la realización de Obras y actividades que se realicen en zonas que hayan tenido previas autorizaciones en materia de impacto ambiental.
  • ¿Cuánto cuesta? :
    • Tipo de pago: Banco/Transferencia/Recaudación/Tiendas de Conveniencia
    • Costo mínimo : 5,581
    • Costo máximo: 300,000
    • Costo descripción: Costo variable en función del proyecto a evaluar. Por ejemplo, para Desarrollos habitacionales el costo total varía con base al tipo de desarrollo y el número total de viviendas. Contiene el apoyo a la Cruz Roja y no incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos.
  • ¿Cuál es la forma en que se presenta?
    • Escrito libre
    • Obtener Orden de pago y realizarlo directamente en las oficinas de la Secretaría de Finanzas o a través de su portal de internet.
    • Ingresan la solicitud mediante escrito libre, dirigido a la Secretaria de Desarrollo Sustentable, adjuntando el pago correspondiente y haciendo entrega en la Oficialía de Partes de la Secretaría de Desarrollo Sustentable.
    • Se entrega la Autorización del Informe Preventivo en caso de que proceda o se declara nulidad de trámite.
  • Vigencia
    • Tiene vigencia : SI
    • Vigencia : 1 año
  • Visita
    • Requiere visita : SI
    • Motivo : a Juicio de la Secretaría se podrán efectuar visitas de inspección física, a efecto de corroborar la información documental presentada.
  • ¿Cuánto me tardo?
    • 60 Días
  • ¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
    • Negativa ficta
¿Qué necesito para realizar el trámite?
  • Criterios de resolución
    • Presentar los requisitos establecidos en la Guía para la Elaboración del Informe Preventivo de Impacto Ambiental y sus anexos, así como el cumplimiento con las normativas en la materia.
  • Requisitos

    Oficio dirigido a la Secretaria de Desarrollo Sustentable en formato libre para la evaluación del Informe Preventivo de Impacto Ambiental, copia del recibo de pago legible así como el Informe Preventivo, que deberá contener lo establecido en la Guía para la Elaboración del Informe Preventivo de Impacto Ambiental, así como:

    Datos generales de quien pretenda realizar la obra o actividad proyectada, o en su caso, de quien hubiere ejecutado los proyectos o estudios previos correspondientes;

    Documentos que determinen el uso de suelo autorizado para el predio;

    Descripción de la obra o actividad proyectada; 

    Descripción de los materiales o productos que vayan a emplearse en la ejecución de la obra o actividad proyectada, y los que en su caso vayan a obtenerse como resultado de dicha obra o actividad, incluyendo emisiones a la atmósfera, descargas de aguas residuales, tipo de residuos y procedimientos para su disposición final.

    Así como los anexos aplicables que se encuentran en la Guía para la Elaboración del Informe Preventivo de Impacto Ambiental, la documentación legal deberá de presentarse en copia certificada, así como la constancia de compatibilidad urbanística. 

  • Fundamento jurídico del trámite:
    • Artículos del 37 al 53 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nayarit.
    • Negativa ficta: Artículo 40 de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Nayarit.
    • Reglamento de la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente en Materia de Evaluación Ambiental.
    • Artículos 12, 29 fracciones I inciso A), II inciso A), III inciso A), IV inciso A), V inciso A), VI inciso A), VII inciso A), VIII inciso A), IX inciso A), X inciso A), XII inciso A), XIII inciso A), XIV inciso A), XV inciso A), XVI inciso A), XVII inciso A), XVIII inciso A), XIX inciso A), XX inciso A), XXI inciso A), XXII inciso A), XXIII numeral 1 inciso A), XXIV numeral 1 inciso A) numeral 2 inciso A) numeral 3 inciso A), XXV inciso A), XXVI inciso A), XXVII inciso A), XXXI inciso A) y D), y 62 de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit; para el Ejercicio Fiscal 2025.
Oficinas de atención
  • Nombre: Secretaría de Desarrollo Sustentable
    • Dirección : Tepic, Colonia: Burócrata Federal, Calle: Avenida Rey Nayar S/N, CP: 63156
  • Horarios: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 Horas
  • Teléfonos: 311 210 3570
Funcionario responsable de la información
  • Nombre: Lic. Hugo Alberto Rodríguez Murray - SDS
    • Cargo : Subsecretario
    • Correo : medioambiente.ordenamiento@nayarit.gob.mx