Se expide boleta de notificación para pago del impuesto predial, con clave catastral del predio solicitado por el contribuyente.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Representante legal
Interesado
¿Qué obtengo? :
Notificación para el pago del impuesto predial
¿En qué casos debe realizarlo? :
Se expide boleta con clave catastral del predio solicitado por el contribuyente.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco/En Línea/Dependencia
Costo mínimo : 135.23
Costo máximo: 135.23
Costo descripción: Los costos ya incluyen los Impuestos Adicionales y la Aportación a la Cruz Roja Mexicana. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos. Si se paga en recaudación será mediante las siguientes formas de pago: tarjeta de débito o crédito, cheque o transferencia.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Otra manera
El interesado se presenta en ventanilla con la documentación que lo acredita como propietario o poseedor de un predio.
Ventanilla imprime formato del pago correspondiente.
El interesado pasa a pagar en Banco, Recaudación, en línea o bien en ventanilla de la Dependencia, esta última solo acepta pago con tarjeta de Crédito y Débito.
Ventanilla envía al Área de Cartografía para la localización del predio.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
1 día
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
Recibido el pago y la documentación requerida, ventanilla envía al Área de Cartografía y una vez identificado el predio, se envía al Área de Registros Catastrales para que se dé de alta en el sistema de control de predios y se imprime la notificación para pago del impuesto predial.
Requisitos
Se pide en ventanilla la solicitud de trámite
El recibo de pago del trámite solicitado
Copia de la escritura o título de propiedad
Fundamento jurídico del trámite:
Ley Catastral y Registral del Estado de Nayarit: Capítulo III, De las obligaciones, art. 41 y 42., del año 1997.
Artículo 21 Inciso D.- Servicios y Trámites Catastrales, fracción I, de la Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2022.
Oficinas de atención
Nombre: Dirección de Trámites y Servicios Catastrales