Se emite la copia simple del documento para otorgar la publicidad de la situación jurídica actual del inmueble y surta sus efectos ante terceros.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Representante legal
Interesado
¿Qué obtengo? :
Fotocopias del documento registrado.
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando se requiere la copia simple del documento para otorgar la publicidad de la situación jurídica actual del inmueble y surta sus efectos ante terceros.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Banco/Recaudación
Costo mínimo : 75.57
Costo máximo: 75.57
Costo descripción: Es el costo del derecho por los servicios prestados (ya incluye los impuestos adicionales y la aportación a la Cruz Roja Mexicana), tal como lo indica la Ley de Ingresos 2022 en el artículo 20. No incluye las comisiones generadas por terceros autorizados para recibir los pagos.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Otra manera
Identificar la oficina que te corresponda según la ubicación de tu inmueble. (Ver link de edificios http://www.hacienda-nayarit.gob.mx/oficinas_distritales.html)
Solicitar la consulta del inmueble al responsable de Archivo (En caso de no contar con copia simple de la escritura).
Realizar el pago en el Banco o en la Recaudación más cercana.
Regresar a la oficina y entregar original y copia del comprobante de pago.
Recoger tu trámite presentando tu comprobante después del tiempo indicado.
Vigencia
Tiene vigencia : NO
Vigencia : N/A
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
1 día
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
- El responsable de archivo realiza la búsqueda del inmueble en los registros.
- Una vez que se ha localizado el inmueble se realiza la validación del inmueble con el interesado.
- Validada la información se procede a fotocopiar el documento.
Requisitos
Conocer el dato de registro del inmueble.
Fundamento jurídico del trámite:
Ley de ingresos del Estado libre y soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2022, artículo 20, fracción XXII, inciso B).
Código Civil para el Estado de Nayarit, artículo 2372
Oficinas de atención
Nombre: Dirección de de Registro Público de la Propiedad y de Comercio