Consiste en hacerse acreedor a una suscripción por el periodo de un año, con derecho a todos los ejemplares y/o con derecho a la primera sección de los ejemplares.
¿Qué necesito saber acerca del trámite?
¿Quién puede realizarlo? :
Cualquier persona física o moral.
¿Qué obtengo? :
El derecho a todos los ejemplares y/o el derecho a la primera sección de los ejemplares por el periodo de un año
¿En qué casos debe realizarlo? :
Cuando el usuario tenga la necesidad de recibir los ejemplares publicados en la primera sección y/o todos los ejemplares de manera diaria o periódica, por un año.
¿Cuánto cuesta? :
Tipo de pago: Recaudación/banco
Costo mínimo : 1358.18
Costo máximo: 4072.55
Costo descripción: El costo mínimo de la suscripción por un año con derecho a las publicaciones en primera sección. El costo máximo de suscripción por un año con derecho a todos los ejemplares. No incluye la comisión bancaria.
¿Cuál es la forma en que se presenta?
Otra manera
1.- Presentarse en la Dirección del Periódico Oficial y solicitar el servicio de suscripción.
2.- Realizar el pago en recaudación, banco o transferencia.
3.- Presentar copia del pago.
4.- Se le agenda en la lista de suscriptores.
5.- El suscriptor adquiere el derecho por el periodo de un año a la entrega de la primera sección y/o de todos los ejemplares publicados diariamente a partir de la fecha en que emitió su pago y hasta la terminación de la misma.
Vigencia
Tiene vigencia : SI
Vigencia : Un año
Visita
Requiere visita : NO
Motivo : N/A
¿Cuánto me tardo?
1 Día
¿Aplica afirmativa/negativa ficta?
No aplica
¿Qué necesito para realizar el trámite?
Criterios de resolución
1.- Emitir costo de la suscripción. 2.- Recepcionar recibo emitido por el departamento de recaudación de rentas. 3.- Una vez realizado el pago o transferencia se hace entrega de los ejemplares por el tiempo que dure la suscripción.
Requisitos
Solicitar de manera física o por escrito el servicio.
Presentar copia del pago del servicio solicitado.
Fundamento jurídico del trámite:
Ley de Ingresos del Estado Libre y Soberano de Nayarit, para el ejercicio fiscal 2022, Capitulo Tercero, Sección Primera, Articulo 46.