Conciliar a las partes que se encuentren en un conflicto laboral, con la finalidad de lograr acuerdos amistosos que pongan solución al conflicto.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su articulo 123 apartado A
Ley Federal del Trabajo en su articulo 530 fracciones III y V.
Acuerdo Administrativo, que establece a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo como órgano desconcentrado de la secretaria del Trabajo en sus artículos 1 párrafo segundo, articulo 10, 11 y 14.