Se expide el dictamen de Congruencia de Programa Parcial de Desarrollo Urbano o de Urbanización al cumplir con los criterios de la categoría de Fraccionamiento de interés social y social progresivo establecidos en la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Nayarit y los Planes o Programa de Desarrollo Urbano que le apliquen al sitio donde se localiza el proyecto del fraccionamiento.
El Interesado, su representante legal o Ayuntamientos.
1.- Contar con la autorización del Ayuntamiento para la elaboración del programa;
2.- Formular el estudio técnico del programa;
3.- Presentar al Implan del municipio donde se realiza el programa el estudio técnico del mismo;
4.-Subsanar observaciones emitidas al programa por el Implan;
5.- Contar con la validación del Consejo Municipal del programa;
6.- Presentar a la Secretaría de Desarrollo Sustentable el programa a través del Ayuntamiento.
7.- Recibir la respuesta del trámite.
Solicitud del ayuntamiento;
Copia de Recibo de pago;
Estudio técnico del proyecto físico y digital.
Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo urbano del estado de Nayarit.