Este impuesto lo deberán de pagar los contribuyentes que perciban ingresos por la prestación de servicios de hospedaje en el Estado de Nayarit. Se considera servicio de hospedaje la prestación de alojamiento o albergue temporal de personas a cambio de una contraprestación.
El pago del Impuesto se hará mediante el entero bimestral a más tardar el día 10 del mes de calendario siguiente a la fecha de causación, o el día hábil siguiente si aquel no lo fuera. Deberá presentar declaración anual en el primer bimestre del siguiente año. Los pagos provisionales se acreditarán en la declaración anual.
Para mayor información se encuentra disponible las siguientes líneas telefónicas: 3112580450; 3112169649 y lada sin costo 8007275234.
Contar con el número de cuenta (se obtiene al inscribirse en el padrón de impuestos estatales) para poder ingresar en la página de internet y llenar los formatos de pago de impuestos.