Este impuesto grava por las erogaciones que los patrones o empleadores realizan por concepto de pago al trabajo personal subordinado.
El pago del impuesto deberá efectuarse, dentro de los primeros 10 días de calendario del mes siguiente a aquel en que se causó o se retuvo.
Para mayor información se encuentra disponible las siguientes líneas telefónicas: 3112580450; 3112169649 y lada sin costo 8007275234.
Contar con el número de cuenta (se obtiene al inscribirse en el padrón de impuestos estatales) para poder ingresar en la página de internet y llenar los formatos de pago de impuestos.